Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera. (BOP-2021-1001)
BOP-2021-1001 Aprobación Bases y Convocatoria para constitución de Bolsa de Trabajo en las categorías de Cuidador/a Centro Día y Auxiliar de Ayuda Domicilio.
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Declaración Responsable según ANEXO V.
Demás documentación requerida por el Servicio de Recursos Humanos para poder
realizar el alta en la Seguridad Social.
Aquellos/as integrantes de la Bolsa de Empleo a quienes se les oferte una propuesta de
contratación y no aceptaren el trabajo por causas debidamente justificadas, deberán aportar la
correspondiente documentación acreditativa, en el PLAZO DE DOS DÍAS HÁBILES,
circunstancia que les/las permitirá permanecer en la bolsa de trabajo, si bien, en la situación de
“NO DISPONIBLE”. El reingreso a la Bolsa requerirá que el/la interesado/a comunique por
escrito su disponibilidad. Una vez realizado este trámite, el/la interesado/a será restablecido en
su posición en la Bolsa. Se consideran causas justificadas de renuncia la concurrencia de
alguna de las siguientes causas, a acreditar en la forma que se indica:
a) Estar trabajando cuando se realice el llamamiento. Se acreditará mediante la
presentación de copia compulsada del contrato de trabajo vigente y de la última nómina.
b) Encontrarse en situación de incapacidad para trabajar. Se justificará mediante copia
compulsada del informe médico acreditativo de dicha situación. No se considera válida
la acreditación mediante parte médico de reposo.
6.2. MOTIVOS DE EXCLUSIÓN DE LA BOLSA DE TRABAJO: Son motivos de exclusión de
esta Bolsa de Trabajo los siguientes:
Quienes rechazasen, sin justificación alguna, la propuesta de contratación.
Quienes, pese a haber sido localizados/as, no compareciesen en el plazo establecido al
efecto.
Quienes hubieren solicitado la baja voluntaria en la Bolsa de Empleo.
Incurrir en falsificación u omisión de los datos aportados en la solicitud y resto de
documentación, sin perjuicio de la exigencia también de responsabilidad civil o penal.
No superar el periodo de prueba establecido en el contrato.
Renunciar al contrato de trabajo suscrito antes de su finalización.
La finalización del contrato de trabajo.
6.3. DURACION DE LA BOLSA. La presente Bolsa de Trabajo permanecerá vigente durante un
periodo de 3 años contados desde la fecha de la primera contratación, salvo que con
anterioridad a dicha fecha se constituya una nueva Bolsa que la sustituya como consecuencia
de un proceso para la selección de funcionarios/as de carrera o de laborales fijos/as, o en caso
contrario sea necesaria su prórroga por el tiempo que se determine en la Mesa de Negociación
de Empleados Públicos.
CVE:
BOP-2021-1001
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de marzo de 2021
N.º 0046
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