Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Rivera de Fresnedosa. (BOP-2021-979)
BOP-2021-979 Convocatoria de pruebas selectivas, mediante el sistema de Concurso-Oposición libre para la contratación laboral temporal de un/a Trabajador/a Social para el Servicio Social de Atención Social Básica.
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personal eventual, no podrán formar parte de éste órgano de selección.
El procedimiento actuación del tribunal se ajustará en todo momento lo dispuesto en la ley
40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones
vigentes, así como en lo referente a la abstención y recusación de sus miembros (art. 23 y 24
de ley 40/2015).
El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as especialistas para las
pruebas correspondientes a los ejercicios que estime necesario.
Serán convocados/as durante la totalidad del proceso selectivo, en calidad de observadores/as
los/as Representantes sindicales, pudiendo participar en todas las fases y actos que integran el
proceso, a excepción de aquellos en los que se delibere, decida y materialice el contenido de
las pruebas antes de su realización.
Los/as miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las
bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y
valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.
Corresponderá a los Tribunales resolver, por mayoría, todas las dudas que pudieran surgir de
la aplicación de estas bases, así como la resolución de aquellas cuestiones no previstas en las
mismas.
El Tribunal estará integrado, además por los/as suplentes respectivos/as, que simultáneamente
con los/as titulares habrán de designarse.
El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros,
titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la presidencia del/a
Presidente/a y Secretario/a. Las decisiones se adoptarán por mayoría.
La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria.
El Tribunal tendrá la categoría segunda a efectos de indemnización por la asistencia y
participación en tribunales encargados de la selección de personal, de conformidad al Real
Decreto 426/2002, de 24 de mayo. Los/as miembros del Tribunal deberán poseer titulación o
especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso al puesto convocado.
NOVENA.- ACTUACION DE LOS/AS ASPIRANTES.
Los/as aspirantes que serán convocados/as para el ejercicio, en llamamiento único, deberán ir
provistos/as del documento nacional de identidad.
CVE:
BOP-2021-979
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de marzo de 2021
N.º 0045
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