Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Comarca de Las Hurdes. (BOP-2021-977)
BOP-2021-977 Aprobación definitiva Ordenanza Administración Electrónica.
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Sección I - Administración Local
Mancomunidades
Mancomunidad de Municipios Comarca de Las Hurdes
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Administración Electrónica.
ORDENANZA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA
CAPÍTULO 1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
ARTÍCULO 1. Objeto.
La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de los aspectos electrónicos de la
Administración Municipal, la creación y determinación del régimen jurídico propio de la sede
electrónica, del registro electrónico y de la gestión electrónica administrativa, haciendo efectivo
el derecho de los/las ciudadanos/as al acceso electrónico a los servicios públicos municipales.
ARTÍCULO 2. Ámbito de aplicación.
Esta Ordenanza será de aplicación a la Mancomunidad de Municipios y a las entidades de
derecho público vinculadas o dependientes de éste, y a los/las ciudadanos/as en sus
relaciones con la Administración municipal.
CAPÍTULO 2. SISTEMAS DE IDENTIFICACIÓN Y AUTENTICACIÓN
ARTÍCULO 3. Sistemas de identificación y autenticación.
Los sistemas de identificación y autenticación serán los establecidos en el capítulo II del Título I
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Los/las interesados/as podrán identificarse electrónicamente ante la Administración municipal a
través de cualquier sistema que cuente con un registro previo como usuario/a que permita
garantizar su identidad. En particular, serán admitidos, los sistemas siguientes:
a) Sistemas basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma
electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores
de servicios de certificación». A estos efectos, se entienden comprendidos entre los
CVE:
BOP-2021-977
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de marzo de 2021
N.º 0045
Pág. 4681
Mancomunidades
Mancomunidad de Municipios Comarca de Las Hurdes
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Administración Electrónica.
ORDENANZA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA
CAPÍTULO 1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
ARTÍCULO 1. Objeto.
La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de los aspectos electrónicos de la
Administración Municipal, la creación y determinación del régimen jurídico propio de la sede
electrónica, del registro electrónico y de la gestión electrónica administrativa, haciendo efectivo
el derecho de los/las ciudadanos/as al acceso electrónico a los servicios públicos municipales.
ARTÍCULO 2. Ámbito de aplicación.
Esta Ordenanza será de aplicación a la Mancomunidad de Municipios y a las entidades de
derecho público vinculadas o dependientes de éste, y a los/las ciudadanos/as en sus
relaciones con la Administración municipal.
CAPÍTULO 2. SISTEMAS DE IDENTIFICACIÓN Y AUTENTICACIÓN
ARTÍCULO 3. Sistemas de identificación y autenticación.
Los sistemas de identificación y autenticación serán los establecidos en el capítulo II del Título I
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Los/las interesados/as podrán identificarse electrónicamente ante la Administración municipal a
través de cualquier sistema que cuente con un registro previo como usuario/a que permita
garantizar su identidad. En particular, serán admitidos, los sistemas siguientes:
a) Sistemas basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma
electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores
de servicios de certificación». A estos efectos, se entienden comprendidos entre los
CVE:
BOP-2021-977
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de marzo de 2021
N.º 0045
Pág. 4681