Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Holguera. (BOP-2021-953)
BOP-2021-953 Aprobación definitiva Ordenanza Centro de Día.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Holguera
ANUNCIO. Aprobación definitiva Ordenanza Centro de Día.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento
sobre la modificación de ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CENTRO DE DÍA cuyo texto íntegro se hace público en
cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
«ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
DE CENTRO DE DÍA
ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza.
En uso de las facultades contenidas en los artículos 133,2 y 142 de la Constitución Española,
de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos
15 a 27 y 57 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, esta Ordenanza regula la tasa por la prestación del Servicio
de Centro de Día.
La Ordenanza será de aplicación en todo el término municipal de Holguera, Cáceres.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible.
Los servicios que darán lugar a la percepción de la tasa por el Ayuntamiento serán los
siguientes:
—Servicio de comidas.
—Estancia en el centro, supervisado por personal especializado.
—Utilización de los servicios comunes del Centro de Día.
CVE:
BOP-2021-953
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de marzo de 2021
N.º 0045
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