Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Don Antonio. (BOP-2021-951)
BOP-2021-951 Autorización Licencia deTaxi.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Casas de Don Antonio
ANUNCIO. Autorización Licencia deTaxi.
Recibido informe favorable autovinculante favorable de la concesión de autorización de
transporte clave V.T. de la Dirección General de Transporte, se expone al público el acuerdo de
Pleno en la sesión celebrada el día 30 de diciembre de 2020 “ Solicitud que presenta D. Moisés
Medina Pavón, como titular de licencia municipal de taxi número 1 de este Ayuntamiento, para
dar mejor servicio a las necesidades del pueblo, solicita poder obtener una segunda licencia de
taxi para poder incorporar un nuevo vehículo que cuente con capacidad para dos sillas de
ruedas, debido a la demanda de la Residencia de Mayores del municipio y poder dar un mejor
servicio a la localidad.
En vista del Decreto 277/2015 de 11 de septiembre por el que se regulan en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, los servicios de transporte público interurbano en
automóviles de turismo, a este municipio le corresponden dos autorizaciones de la clase VT.
Considerando que el artículo 86.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del
Régimen Local -LRBRL- declara la reserva a favor de las Entidades Locales del transporte
público de viajeros/as, de conformidad con lo previsto en la legislación sectorial aplicable, lo
que comporta la atribución al municipio de la titularidad del servicio y la competencia para la
concesión de las licencias, así como la posibilidad de implantar limitaciones en la forma de
prestación del servicio.
Considerando que el artículo 10 del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en
Automóviles Ligeros -RNT- establece que para la prestación de los servicios al público que se
regulan en el mismo será condición precisa estar en posesión de la correspondiente licencia de
la Entidad Local.
Por su parte, el Decreto 277/2015, de 11 de septiembre, por el que se regulan, en el ámbito de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, los servicios de transporte público interurbano en
automóviles de turismo, y se fijan determinadas obligaciones relacionadas con los servicios de
transporte público interurbano en autobús determina que “los servicios interurbanos de
CVE:
BOP-2021-951
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 8 de marzo de 2021
N.º 0045
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