Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental "MásMedio". (BOP-2021-906)
BOP-2021-906 Aprobación definitiva Reglamento Residuos.
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Artículo 5.- Obligados/as al uso del servicio.
Quedan obligados/as al cumplimiento del presente Reglamento todos/as los/las habitantes de
las entidades locales que en cada momento formen parte del Servicio de Recogida,
Tratamiento y Reciclaje de Residuos Domésticos y Asimilados del el Consorcio para la Gestión
de Servicios Medioambientales “Medioambiente y Aguas de Cáceres – MásMedio”.
TÍTULO PRIMERO
GESTIÓN DE LOS RESIDUOS DOMESTICOS Y ASIMILADOS
Artículo 6.- Normas.
Este título comprende las normas que deben ser cumplidas por los/las productores/as o
poseedores/as de los residuos enumerados en el artículo 4 con referencia a la entrega a los
servicios de recogida y transporte.
Artículo 7.- De las formas de gestión.
1.- La recogida de residuos Domésticos y Asimilados será realizada por cualquiera de las
formas de gestión de servicios que establece la legislación vigente.
2.- En caso de producirse graves deficiencias en la prestación de los servicios regulados en el
presente Reglamento por parte de los concesionarios/as, el Consorcio para la Gestión de
Servicios Medioambientales “Medioambiente y Aguas de Cáceres – MásMedio”, podrá exigir
daños y perjuicios, resolver el contrato con incautación de la garantía o realizar cuantas
acciones posibilita la normativa reguladora de la contratación en el sector público.
3.- Las relaciones del Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales
“Medioambiente y Aguas de Cáceres – MásMedio”, con las empresas a quienes se haya
adjudicado la gestión de los servicios y con los/las usuarios/as del servicio tendrán naturaleza
administrativa y los litigios que pudieran suscitarse se sustanciarán ante la jurisdicción
contencioso-administrativa.
Artículo 8.- Recepción de residuos Domésticos y Asimilados.
1.- Se hará cargo de la recepción de los residuos Domésticos y Asimilados el personal
dedicado a su recogida, adscrito al servicio en cada momento.
2.- La entrega de los mismos a otra persona, física o jurídica, que carezca de autorización, dará
lugar a la exigencia de responsabilidad solidaria por los posibles perjuicios que pudieran
CVE:
BOP-2021-906
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de marzo de 2021
N.º 0044
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