Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental "MásMedio". (BOP-2021-906)
BOP-2021-906 Aprobación definitiva Reglamento Residuos.
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2.- Se entiende por valorización, cualquier operación cuyo resultado principal sea que el
residuo sirva a una finalidad útil al sustituir a otros materiales, que de otro modo se habrían
utilizado para cumplir una función particular, o que el residuo sea preparado para cumplir esa
función en la instalación o en la economía en general.
TÍTULO TERCERO
INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 25.- Potestad sancionadora.
La potestad sancionadora de las infracciones cometidas en esta materia se atribuye al
Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales “Medioambiente y Aguas de Cáceres
– MásMedio”, en virtud de la delegación efectuada por los ayuntamientos de la competencia en
materia de residuos domésticos y asimilados y de su potestad sancionadora establecida en el
artículo 46 Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
Artículo 26.- Tipologías de infracciones.
1.- Los actos u omisiones que contravengan lo estipulado en este Reglamento tendrán la
consideración de infracciones administrativas, generando una responsabilidad de naturaleza
administrativa, sin perjuicio de la que pudiera ser exigible por la vía penal o civil.
La tipificación de los mismos será la recogida en el artículo 46 Ley 22/2011, de 28 de julio, de
Residuos y Suelos Contaminados.
2.- Se califica como infracción muy grave:
a)-El ejercicio de una actividad en materia de valorización de residuos domésticos y
asimilados sin autorización o con ella caducada o suspendida; o el incumplimiento de las
obligaciones impuestas en las autorizaciones, siempre que se haya producido un daño o
deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las
personas.
b)-La ocultación o la alteración maliciosa de datos aportados a los expedientes
administrativos para la obtención de autorizaciones, permisos o licencias en materia de
valorización de residuos domésticos.
c)- El impedimento o la grave y relevante obstrucción al normal funcionamiento del
servicio de recogida y transporte de residuos.
CVE:
BOP-2021-906
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 5 de marzo de 2021
N.º 0044
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