Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Tentudía (Monesterio). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03284/2025)
Aprobación del plan económico financiero para los ejercicios 2025 y 2026
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Mancomunidad de Tentudía

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MANCOMUNIDAD DE TENTUDÍA
ÍNDICE
1. Introducción y situación actual.
1.1 Introducción.
1.2 Situación actual.
2.1 Cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria.
2.2 Cumplimiento del objetivo de regla de gasto.
2.3 Sostenibilidad financiera.

2. Causas, diagnóstico y previsión.
2.1 Causas.
2.2 Diagnóstico.
2.3 Previsión.
3. Descripción de las medidas a implementar.
4. Conclusiones.
1. Introduccion y situacion actual.
1.1. Introducción.
La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera establece, para el sector
"administraciones públicas", la obligatoriedad elaborar, aprobar y ejecutar los Presupuestos en un marco de "Estabilidad
Presupuestaria" coherente con la normativa europea. Se entiende por Estabilidad Presupuestaria una situación de equilibrio
o superávit estructural.
Conforme establece el artículo 11 de la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera, las Corporaciones Locales no podrán incurrir en déficit estructural, definido como déficit ajustado del ciclo, neto
de medidas excepcionales y temporales, debiéndose mantener una posición de equilibrio o superávit.
Igualmente, según establece el artículo 12 de la citada Ley, la variación del gasto computable no podrá superar la tasa de
referencia de crecimiento del Producto Interior Bruto a medio plazo de la economía española. Se denominará "gasto
computable" a los empleos no financieros calculados conforme a los términos establecidos por el Sistema Europeo de
Cuentas Nacionales y Regionales, excluidos los intereses de la deuda, el gasto no discrecional en materia de desempleo, la
parte del gasto financiado con fondos finalistas de la Unión Europea o de otras Administraciones, y las transferencias
vinculadas a los sistemas de financiación a las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales. La tasa de referencia
para el cálculo de la regla de gasto será publicada periódicamente por el Ministerio de Economía y Competitividad, conforme
establece el artículo 12.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril.
Igualmente, se deberá cumplir el principio de Sostenibilidad Financiera, entendido como la capacidad para financiar
compromisos de gastos presentes y futuros dentro de los límites establecidos de déficit, deuda pública y morosidad. Si
tenemos en cuenta que el término "Sostenibilidad Financiera" hace referencia tanto al control de la deuda financiera como
al control de la deuda comercial, se entiende que se cumple dicho principio cuando:
a) Respecto a la deuda financiera, el porcentaje de endeudamiento de la Entidad Local no superan los límites
establecidos en el TRLRHL, aprobado por el RD Legislativo 2/2004, para acceder a operaciones de
endeudamiento a largo plazo, situado en el 110% de los ingresos corrientes liquidados.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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