Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03206/2025)
Bases de la convocatoria para la selección en régimen de interinidad, por oposición libre, para cubrir una plaza de Arquitecto/a
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Guareña

Anuncio 3206/2025

El aspirante podrá llevarse copia de las preguntas que componen el examen, una vez finalizado el mismo. Realizado el
examen se otorgará un período de tres días naturales, contados a partir de la publicación en la sede electrónica del Excmo.
Ayuntamiento de Guareña del formulario de respuestas corregido, para la presentación de reclamaciones a las preguntas
del examen. Transcurrido ese período, el Tribunal no atenderá a reclamaciones que puedan suponer la anulación de alguna
de las preguntas.
El segundo ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, suponiendo el otro 50% de la calificación final de la fase de oposición,
siendo necesario obtener una calificación mínima de 5 puntos para su superación. Consistirá en la resolución por parte del
aspirante de uno o varios supuestos prácticos sobre el temario de la convocatoria elaborados por el Tribunal. El aspirante,
para la resolución del caso o casos prácticos, podrá acudir provisto de la legislación que considere necesaria. Sólo se
admitirá legislación en las versiones publicadas por el Boletín Oficial del Estado, por el Diario Oficial de Extremadura o por el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. No se permitirá la realización del examen con códigos comentados. El segundo
ejercicio tendrá una duración de 120 minutos. A elección del Tribunal, podrá ser convocado para el mismo día de
celebración del primer ejercicio o para día diferente. En caso de ser convocados ambos ejercicios para el mismo día, o de
convocarse el segundo ejercicio sin haberse procedido, por parte del Tribunal, a la corrección del primer ejercicio y
publicado la lista de aprobados del mismo, exclusivamente en estos casos todos los aspirantes podrán acceder a la
realización del segundo ejercicio. A sensu contrario, si el segundo ejercicio es convocado una vez corregido el primer
ejercicio y publicados los resultados de la corrección, solo podrán acceder a la realización del segundo ejercicio aquellos
aspirantes que hubieren superado el primero.
Una vez el Tribunal decida sobre las posibles reclamaciones presentadas y corregidos los ejercicios, se publicará la
calificación que los opositores hayan obtenido en las pruebas selectivas, que vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman la fase de oposición, conforme a las reglas anteriormente descritas.
El Tribunal sólo procederá a la corrección de los segundos ejercicios de los aspirantes que hayan superado el primer
ejercicio. El Tribunal propondrá la publicación en la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Guareña de anuncio en
que aparezcan los resultados finales del proceso de selección, desglosando la parte correspondiente a cada ejercicio de la
fase de oposición.
El Tribunal propondrá la publicación de la relación de aspirantes aprobados/as, su orden de prelación y la propuesta de
bolsa de trabajo para su constitución.
De producirse empate en las puntuaciones, éste se dirimirá en favor de aquel aspirante que hubiere obtenido un menor
número de respuestas incorrectas en el primer ejercicio. De continuar el empate, éste se dirimirá a favor del aspirante que
hubiere dejado un menor número de respuestas en blanco en el primer ejercicio.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en caso de
que persistiese el empate entre candidatos/as, éste se resolverá a favor de aquel género que estuviere infrarrepresentado
entre los presentados al ejercicio de la presente convocatoria. De persistir el empate se resolverá por sorteo público.
La publicación descrita con anterioridad tendrá carácter provisional. Tras la misma se abrirá se abrirá un plazo de cinco días
hábiles para posibles reclamaciones. Una vez resueltas, se procederá a publicar la lista definitiva de aspirantes y se
procederá a constituir, con carácter definitivo, la bolsa de trabajo.
La publicación definitiva que supone la constitución de la bolsa de trabajo por el órgano competente se efectuará en la sede
electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Guareña.
Octava.- Funcionamiento de la bolsa de trabajo y nombramiento.
8.1. Verificada la documentación requerida por estas bases presentada por las personas propuestas a conformar la bolsa de
trabajo y siendo ésta conforme, la Sra. Concejala delegada de Personal del Ayuntamiento constituirá la bolsa de trabajo con
el orden de prelación propuesto por el Tribunal, una vez resueltos los posibles empates conforme a lo descrito en la base
7.1.
8.2. La bolsa de trabajo, una vez aprobada por la Concejalía de Personal, tendrá vigencia de tres años. Todos los que formen
parte de la bolsa de trabajo constituida deben relacionarse de forma electrónica con el Excmo. Ayuntamiento de Guareña. El
Excmo. Ayuntamiento de Guareña sólo efectuará notificaciones por medios electrónicos con los miembros de la bolsa de
trabajo.
8.3. El llamamiento para los nombramientos sucesivos, conforme a las necesidades que puedan producirse en el Excmo.
Ayuntamiento de Guareña, será realizado según el orden establecido en la bolsa de trabajo constituida, no pudiendo
modificarse su orden, en ningún caso, durante todo el período de vigencia.
8.4. Dado el carácter urgente propio de los nombramientos de funcionarios/as interinos y la celeridad requerida en la
tramitación de este tipo de llamamientos, con breves plazos temporales, se exige disponibilidad absoluta por parte de los/as
integrantes de la bolsa de empleo, por lo que, de forma generalizada y para una mayor eficacia, los llamamientos se
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 8 de 17