Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Codosera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03204/2025)
Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de régimen interno regulador de los programas de Formación-Empleo del SEXPE
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de La Codosera
Anuncio 3204/2025
g) A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad higiene en el trabajo.
h) Realizar actividades culturales diversas que contribuyan a su formación integral.
i) A ser asesorados en la adquisición de técnicas de autoempleo y fórmulas para su inserción laboral.
j) A participar en la organización del Programa a través de la formulación de sugerencias y opiniones, bien de
forma individual o colectiva.
k) A no ser discriminados por razón de sexo, estado civil, raza, edad, condición social, ideas religiosas o
políticas, disminución física, según lo establecido en la Ley.
l) A la percepción de la remuneración legalmente establecida.
m) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Artículo 17. Deberes de los integrantes del Programa.
Son deberes de las personas integrantes del Programa los que a continuación se relacionan:
a. Respetar la dignidad de cuantas personas forman parte del mismo, así como mantener una actitud cívica
en su comportamiento personal.
b. Cumplir las obligaciones establecidas para su trabajo en el proyecto, de conformidad con las reglas de
buena fe y diligencia.
c. Obedecer las instrucciones del personal directivo-docente, en el ejercicio regular de sus funciones.
d. Se prohíbe la tenencia, uso y exhibición de cualquier tipo de arma blanca u objetos similares durante la
totalidad de la jornada laboral, tanto en el centro de formación como en los entornos de trabajo o en
cualquier otra actividad organizada por el proyecto.
e. Adoptar medidas de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando correctamente las protecciones y medios
que se pongan a su disposición.
f. Realizar las tareas concretas que le sean encomendadas bajo la dirección del monitor/a, pudiendo ser
adoptadas por el equipo docente las oportunas medidas de vigilancia y control para verificar tanto el
cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del trabajador participante.
g. Participar activamente en las clases teóricas complementarias de su formación integral, cumpliendo con las
tareas que les sean encomendadas por los profesores.
h. Guardar el debido respeto a los compañeros/as, manteniendo un trato de corrección y colaborando con
ellos/as en el trabajo cuando sea necesario.
i. Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás material del proyecto y de la entidad promotora.
Todo el personal está obligado a comunicar a la dirección del centro cualquier desperfecto que apreciase
tanto en instalaciones, mobiliario, equipos, herramientas, así como el abandono e incumplimiento de normas
de seguridad e higiene.
j. Hacerse responsables del vestuario, de los medios didácticos proporcionados y de las herramientas que les
sean entregadas para su trabajo, cuidándolas y guardándolas de modo conveniente y haciéndose cargo de su
reposición en caso de pérdida o deterioro por mal uso de los mismos, siempre que se demuestre la falta de
diligencia del alumno en tales circunstancias.
En tal sentido, indicar que la ropa de trabajo proporcionada ha de ser utilizada únicamente en actividades
desarrolladas en el proyecto y por personal perteneciente al mismo, y por tanto, autorizado para ello.
k. Es obligatorio el uso del vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral.
Con carácter excepcional y, previa autorización del equipo técnico, podrá eximirse del uso del mismo para
determinadas actividades.
l. Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que se desempeña, siendo conscientes en
todo momento de que de nosotros/as depende la "imagen" que el Programa ofrece al municipio y a su
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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g) A su integridad física y a una adecuada puesta en práctica de las normas de seguridad higiene en el trabajo.
h) Realizar actividades culturales diversas que contribuyan a su formación integral.
i) A ser asesorados en la adquisición de técnicas de autoempleo y fórmulas para su inserción laboral.
j) A participar en la organización del Programa a través de la formulación de sugerencias y opiniones, bien de
forma individual o colectiva.
k) A no ser discriminados por razón de sexo, estado civil, raza, edad, condición social, ideas religiosas o
políticas, disminución física, según lo establecido en la Ley.
l) A la percepción de la remuneración legalmente establecida.
m) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Artículo 17. Deberes de los integrantes del Programa.
Son deberes de las personas integrantes del Programa los que a continuación se relacionan:
a. Respetar la dignidad de cuantas personas forman parte del mismo, así como mantener una actitud cívica
en su comportamiento personal.
b. Cumplir las obligaciones establecidas para su trabajo en el proyecto, de conformidad con las reglas de
buena fe y diligencia.
c. Obedecer las instrucciones del personal directivo-docente, en el ejercicio regular de sus funciones.
d. Se prohíbe la tenencia, uso y exhibición de cualquier tipo de arma blanca u objetos similares durante la
totalidad de la jornada laboral, tanto en el centro de formación como en los entornos de trabajo o en
cualquier otra actividad organizada por el proyecto.
e. Adoptar medidas de seguridad e higiene en el trabajo, utilizando correctamente las protecciones y medios
que se pongan a su disposición.
f. Realizar las tareas concretas que le sean encomendadas bajo la dirección del monitor/a, pudiendo ser
adoptadas por el equipo docente las oportunas medidas de vigilancia y control para verificar tanto el
cumplimiento de las obligaciones como el grado de aplicación del trabajador participante.
g. Participar activamente en las clases teóricas complementarias de su formación integral, cumpliendo con las
tareas que les sean encomendadas por los profesores.
h. Guardar el debido respeto a los compañeros/as, manteniendo un trato de corrección y colaborando con
ellos/as en el trabajo cuando sea necesario.
i. Respetar los edificios, instalaciones, mobiliario y demás material del proyecto y de la entidad promotora.
Todo el personal está obligado a comunicar a la dirección del centro cualquier desperfecto que apreciase
tanto en instalaciones, mobiliario, equipos, herramientas, así como el abandono e incumplimiento de normas
de seguridad e higiene.
j. Hacerse responsables del vestuario, de los medios didácticos proporcionados y de las herramientas que les
sean entregadas para su trabajo, cuidándolas y guardándolas de modo conveniente y haciéndose cargo de su
reposición en caso de pérdida o deterioro por mal uso de los mismos, siempre que se demuestre la falta de
diligencia del alumno en tales circunstancias.
En tal sentido, indicar que la ropa de trabajo proporcionada ha de ser utilizada únicamente en actividades
desarrolladas en el proyecto y por personal perteneciente al mismo, y por tanto, autorizado para ello.
k. Es obligatorio el uso del vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral.
Con carácter excepcional y, previa autorización del equipo técnico, podrá eximirse del uso del mismo para
determinadas actividades.
l. Adoptar actitudes de eficiencia, dinamismo y apego al trabajo que se desempeña, siendo conscientes en
todo momento de que de nosotros/as depende la "imagen" que el Programa ofrece al municipio y a su
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