Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03008/2025)
Bases de la convocatoria del proceso selectivo para la provisión de una plaza de Técnico/a Superior de Administración General adscrita actualmente a la intervención municipal de la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Mérida
16 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Mérida
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respondida. De la misma forma cada tres respuestas sin contestar se anularán
una correctamente respondida.
En el caso de que el aspirante, una vez respondida en el formulario cualquiera de
las preguntas, decidiera modificar la misma, podrá hacerlo una sola vez, dejando
constancia de forma clara cuál ha sido su opción, siendo marcado el cambio en
el propio documento de ejecución de la prueba indicando el número de
respuesta anulada, así como la opción elegida.
Las calificaciones serán hechas públicas en la sede electrónica de la corporación
y en la página web, pudiendo formularse reclamaciones en el plazo de tres días
hábiles a contar desde el siguiente a la publicación en la página web.
Quienes hayan resultado aprobados en el primer ejercicio serán convocados
exclusivamente a través de la sede electrónica y de la página web de la
corporación para la realización del segundo ejercicio.
B. Segundo ejercicio: Práctico.
Consistirá en la contestación por escrito de dos supuestos correspondientes al temario de la
convocatoria recogido en el anexo I de estas bases.
El tiempo de duración del ejercicio será como máximo de dos horas.
En este ejercicio se valorarán en su conjunto los conocimientos específicos del tema a
desarrollar, la capacidad y formación general, la claridad y rigor de la exposición, la calidad de
la expresión escrita y la capacidad de síntesis.
Como norma general, y en aras a una adecuada corrección del ejercicio, se penalizarán
aquellos exámenes que contengan faltas de ortografía, lectura difícilmente legible así como la
escritura en letras mayúsculas conforme a lo establecido en el anexo II.
Finalizada la prueba, el Tribunal, si lo estima oportuno, podrá citar a continuación a las
aspirantes, o señalar día y hora para la lectura del ejercicio teórico. Finalizada la lectura del
primer supuesto o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que el
opositor ponga fin a la misma por estimar su actuación notoriamente insuficiente. Concluida la
lectura, el Tribunal podrá formular preguntas y solicitar aclaraciones en relación con las
materias expuestas durante un plazo máximo de diez minutos.
El Tribunal valorará cada supuesto entre 0 y 10 puntos, la puntuación a otorgar será la media
de la puntuación asignadas por los miembros del Tribunal, eliminándose las puntuaciones
menor y mayor cuando la diferencia entre la media y ellas sea igual o superior a 4 puntos.
La puntuación máxima de esta prueba será de 10 puntos, resultando eliminados quienes no
obtengan una calificación mínima de 5 puntos. La calificación se obtiene de la media de la
puntuación asignada a cada uno de los supuestos, siendo necesario que el aspirante obtenga
un mínimo de 4 puntos en cada uno de los supuestos a desarrollar para poder realizar la media
aritmética, quedando eliminado en caso contrario.
Las calificaciones del ejercicio práctico serán hechas públicas en la Plataforma "Convoca" y en la
página web del Ayuntamiento, pudiendo formularse reclamaciones en el plazo de tres días
hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en la página web.
Sexta.- Calificación total de oposición.
Finalizados los ejercicios, el Tribunal procederá al cómputo global de las diferentes calificaciones obtenidas por los
aspirantes que hayan superado todos los ejercicios.
Las puntuaciones serán expuestas en la Plataforma "Convoca" y en la página web del Ayuntamiento, pudiendo formularse
reclamaciones en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en la página web.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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respondida. De la misma forma cada tres respuestas sin contestar se anularán
una correctamente respondida.
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las preguntas, decidiera modificar la misma, podrá hacerlo una sola vez, dejando
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el propio documento de ejecución de la prueba indicando el número de
respuesta anulada, así como la opción elegida.
Las calificaciones serán hechas públicas en la sede electrónica de la corporación
y en la página web, pudiendo formularse reclamaciones en el plazo de tres días
hábiles a contar desde el siguiente a la publicación en la página web.
Quienes hayan resultado aprobados en el primer ejercicio serán convocados
exclusivamente a través de la sede electrónica y de la página web de la
corporación para la realización del segundo ejercicio.
B. Segundo ejercicio: Práctico.
Consistirá en la contestación por escrito de dos supuestos correspondientes al temario de la
convocatoria recogido en el anexo I de estas bases.
El tiempo de duración del ejercicio será como máximo de dos horas.
En este ejercicio se valorarán en su conjunto los conocimientos específicos del tema a
desarrollar, la capacidad y formación general, la claridad y rigor de la exposición, la calidad de
la expresión escrita y la capacidad de síntesis.
Como norma general, y en aras a una adecuada corrección del ejercicio, se penalizarán
aquellos exámenes que contengan faltas de ortografía, lectura difícilmente legible así como la
escritura en letras mayúsculas conforme a lo establecido en el anexo II.
Finalizada la prueba, el Tribunal, si lo estima oportuno, podrá citar a continuación a las
aspirantes, o señalar día y hora para la lectura del ejercicio teórico. Finalizada la lectura del
primer supuesto o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que el
opositor ponga fin a la misma por estimar su actuación notoriamente insuficiente. Concluida la
lectura, el Tribunal podrá formular preguntas y solicitar aclaraciones en relación con las
materias expuestas durante un plazo máximo de diez minutos.
El Tribunal valorará cada supuesto entre 0 y 10 puntos, la puntuación a otorgar será la media
de la puntuación asignadas por los miembros del Tribunal, eliminándose las puntuaciones
menor y mayor cuando la diferencia entre la media y ellas sea igual o superior a 4 puntos.
La puntuación máxima de esta prueba será de 10 puntos, resultando eliminados quienes no
obtengan una calificación mínima de 5 puntos. La calificación se obtiene de la media de la
puntuación asignada a cada uno de los supuestos, siendo necesario que el aspirante obtenga
un mínimo de 4 puntos en cada uno de los supuestos a desarrollar para poder realizar la media
aritmética, quedando eliminado en caso contrario.
Las calificaciones del ejercicio práctico serán hechas públicas en la Plataforma "Convoca" y en la
página web del Ayuntamiento, pudiendo formularse reclamaciones en el plazo de tres días
hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en la página web.
Sexta.- Calificación total de oposición.
Finalizados los ejercicios, el Tribunal procederá al cómputo global de las diferentes calificaciones obtenidas por los
aspirantes que hayan superado todos los ejercicios.
Las puntuaciones serán expuestas en la Plataforma "Convoca" y en la página web del Ayuntamiento, pudiendo formularse
reclamaciones en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación en la página web.
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