Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03047/2025)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por entrada de vehículos desde la vía pública a edificios, locales y solares, y de reservas de vía pública para aparcamiento, carga, descarga y vado permanente
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Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes

Anuncio 3047/2025

la adquisición del derecho a realizar el aprovechamiento, pudiendo la administración municipal adoptar las
medidas que procedan para evitar la continuación de aquellos que no puedan ser autorizados por no cumplir
las condiciones requeridas, si bien la actuación municipal en este sentido provocará la baja en matrícula.
Artículo 9. Infracciones y sanciones tributarias.
En todo lo relativo a la calificación de las infracciones tributarias, así como a la determinación de las sanciones que por las
mismas correspondan en cada caso, se aplicarán los preceptos de contenidos en los artículos 178 y ss de la Ley 58/2003, de
17 de diciembre, General Tributaria, normativa que la desarrolle, y en su caso, la Ordenanza General de Gestión Inspección y
Recaudación en vigor aprobada por el Ayuntamiento.
DISPOSICIÓN FINAL
1. En lo no previsto específicamente en esta Ordenanza, regirán las normal de la Ordenanza fiscal general y
las disposiciones que, en su caso, se dicten para su aplicación.
2. La presente Ordenanza que fue aprobada por el Pleno de esta Corporación con fecha 22 de mayo de 2025,
entrará en vigor el mismo día de la publicación del acuerdo definitivo en el Boletín Oficial de la Provincia para
la solicitud de nuevos vados. Y por el contrario se aplicará a partir del 31 de diciembre de 2025, para los
padrones del año 2026 y seguirá en vigor hasta que se acuerde su derogación o modificación expresa.
3. Esta Ordenanza cuando entre en vigor deroga y sustituye la Ordenanza fiscal por entrada de vehículos
desde la vía pública a los edificios, locales y solares y de las reservas de vía pública, carga, descarga y vado
permanente (anuncio 5360//2015 miércoles, 26 de agosto de 2015)».
ANEXO: ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y RESERVAS
DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO, PARADA DE VEHÍCULOS, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE
CUALQUIER CLASE
CUOTA TRIBUTARIA
1. Entrada de vehículos para el servicio particular:
a. Entrada de vehículos o carruajes en edificios o cocheras particulares, o aparcamientos individuales de
propiedad dentro de un aparcamiento general: 3,00 euros.
2. Reserva de espacio en las vías públicas y terrenos de uso público (vado permanente).
a. Reserva de espacio en las vías públicas y terrenos de uso público para carga y descarga de mercancías y
para parada de vehículos, reserva de espacio en la vía pública para el servicio entidades o particulares: 47,00
euros.
b. Por la ocupación del suelo para entradas de vehículos a través de las aceras y la reserva de vía pública para
carga y descarga de mercancías de cualquier clase 47,00 euros.
c. Si por cuestiones de estrechamiento de la vía, o por ordenación de la circulación, fuera necesario pintar
línea amarilla en la acera de enfrente donde se otorgue el vado, el sujeto pasivo de ese vado deberá abonar el
total de 47,00 euros más el correspondiente vado».
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Fuenlabrada de los Montes, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Julio Solana Muñoz.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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