Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Río Bodión (Zafra). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02956/2025)
Bases reguladoras para la contratación, como personal laboral temporal de sustitución a jornada completa, de una plaza de Dinamizador/a Deportivo/a para el Programa de Dinamización Deportiva
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Mancomunidad de Municipios Río Bodión
Anuncio 2956/2025
certificar, y con arreglo al siguiente baremo:
6.2.1. Experiencia: Hasta 2 puntos.
- Por servicios prestados como Dinamizador/a Deportivo/a en Programas de Dinamización
Deportiva de Extremadura, por cada mes trabajado 0.10 puntos. Para ser tenido en cuenta este
mérito será necesario presentar fotocopia del contrato, y vida laboral.
- Por servicios prestados como monitor deportivo, en otros programas diferentes al de
Dinamización Deportiva en instituciones públicas, por cada mes trabajado 0.05 puntos.
En todos los casos anteriores, si los contratos no fuesen a jornada completa, se le contabilizará la puntuación
proporcionalmente a la jornada que presenten los mismos. Para poder valorar la experiencia profesional,
las/os aspirantes deberán entregar en la fecha de presentación del plazo de solicitudes, contrato de trabajo o
certificado de empresa en el que se detalle las actividades realizadas durante la contratación y vida laboral.
6.2.2. Formación. Hasta 1 punto.
- Por doctorado específico del ámbito deportivo y su gestión: 0,5 punto.
- Por Máster, títulos de entrenadores/as/monitores/as: 0.25 puntos.
- Por cursos, jornadas o seminarios, relacionados con la planificación, gestión, calidad, recursos
humanos, programación, organización o evaluación de deporte: 0,10 puntos por cada 50 horas.
Sólo se contabilizarán aquellos que especifiquen claramente el número total de horas
realizadas, y no se tendrán en cuenta aquellos cuya duración sea inferior a 50 horas.
6.2.3 Calificación.
La calificación final obtenida por cada aspirante en el proceso selectivo, que vendrá dada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en las dos fases del proceso selectivo.
De producirse empate, en la puntuación de dos o más aspirantes, para determinar el orden que les
corresponde, se resolverá a favor de la persona que haya obtenido mayor puntuación según el siguiente
orden: en primer lugar, teniendo en cuenta los resultados de la prueba práctica. Si persistiera el empate, se
tendría en cuenta los resultados de la prueba teórica; en caso de continuar el empate, la valoración de la
experiencia y, finalmente, las personas con más número de horas de formación.
Si fuera necesario, se recurriría al sorteo.
Base séptima. Relación de aprobados y presentación de documentos.
Una vez finalizado el proceso de selección, y determinada la puntuación final, el Tribunal hará público en la Web:
https://mriobodion.es: en el tablón de anuncios de la sede de la Mancomunidad y sede electrónica de la mancomunidad,
https://sede.mriobodion.es una relación en la que conste:
- Las calificaciones finales obtenidas por los aspirantes que han participado en el proceso.
- Los aspirantes que han superado el proceso por orden decreciente de calificación.
- Aspirante cuya contratación se propone con indicación de la puntuación obtenida.
- Aspirantes que quedan en bolsa de trabajo con indicación del número de orden y la puntuación obtenida.
Seguidamente, elevará dicha relación al Sr. Presidente, formulando la correspondiente propuesta de
contratación según lo dispuesto en el artículo 61.8 de la Ley 7/2007.
Dentro del plazo de cinco días hábiles desde la publicación de la relación donde conste la persona seleccionada, ésta deberá
aportar, en la sede de la Mancomunidad, los siguientes documentos originales:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 6 de 10
Anuncio 2956/2025
certificar, y con arreglo al siguiente baremo:
6.2.1. Experiencia: Hasta 2 puntos.
- Por servicios prestados como Dinamizador/a Deportivo/a en Programas de Dinamización
Deportiva de Extremadura, por cada mes trabajado 0.10 puntos. Para ser tenido en cuenta este
mérito será necesario presentar fotocopia del contrato, y vida laboral.
- Por servicios prestados como monitor deportivo, en otros programas diferentes al de
Dinamización Deportiva en instituciones públicas, por cada mes trabajado 0.05 puntos.
En todos los casos anteriores, si los contratos no fuesen a jornada completa, se le contabilizará la puntuación
proporcionalmente a la jornada que presenten los mismos. Para poder valorar la experiencia profesional,
las/os aspirantes deberán entregar en la fecha de presentación del plazo de solicitudes, contrato de trabajo o
certificado de empresa en el que se detalle las actividades realizadas durante la contratación y vida laboral.
6.2.2. Formación. Hasta 1 punto.
- Por doctorado específico del ámbito deportivo y su gestión: 0,5 punto.
- Por Máster, títulos de entrenadores/as/monitores/as: 0.25 puntos.
- Por cursos, jornadas o seminarios, relacionados con la planificación, gestión, calidad, recursos
humanos, programación, organización o evaluación de deporte: 0,10 puntos por cada 50 horas.
Sólo se contabilizarán aquellos que especifiquen claramente el número total de horas
realizadas, y no se tendrán en cuenta aquellos cuya duración sea inferior a 50 horas.
6.2.3 Calificación.
La calificación final obtenida por cada aspirante en el proceso selectivo, que vendrá dada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en las dos fases del proceso selectivo.
De producirse empate, en la puntuación de dos o más aspirantes, para determinar el orden que les
corresponde, se resolverá a favor de la persona que haya obtenido mayor puntuación según el siguiente
orden: en primer lugar, teniendo en cuenta los resultados de la prueba práctica. Si persistiera el empate, se
tendría en cuenta los resultados de la prueba teórica; en caso de continuar el empate, la valoración de la
experiencia y, finalmente, las personas con más número de horas de formación.
Si fuera necesario, se recurriría al sorteo.
Base séptima. Relación de aprobados y presentación de documentos.
Una vez finalizado el proceso de selección, y determinada la puntuación final, el Tribunal hará público en la Web:
https://mriobodion.es: en el tablón de anuncios de la sede de la Mancomunidad y sede electrónica de la mancomunidad,
https://sede.mriobodion.es una relación en la que conste:
- Las calificaciones finales obtenidas por los aspirantes que han participado en el proceso.
- Los aspirantes que han superado el proceso por orden decreciente de calificación.
- Aspirante cuya contratación se propone con indicación de la puntuación obtenida.
- Aspirantes que quedan en bolsa de trabajo con indicación del número de orden y la puntuación obtenida.
Seguidamente, elevará dicha relación al Sr. Presidente, formulando la correspondiente propuesta de
contratación según lo dispuesto en el artículo 61.8 de la Ley 7/2007.
Dentro del plazo de cinco días hábiles desde la publicación de la relación donde conste la persona seleccionada, ésta deberá
aportar, en la sede de la Mancomunidad, los siguientes documentos originales:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 6 de 10