Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Río Bodión (Zafra). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02956/2025)
Bases reguladoras para la contratación, como personal laboral temporal de sustitución a jornada completa, de una plaza de Dinamizador/a Deportivo/a para el Programa de Dinamización Deportiva
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad de Municipios Río Bodión
Anuncio 2956/2025
de personal, la tasa de inscripción cuya concreta cuantía será la siguiente:
Hasta 3 ejercicios/pruebas
Grupo A1
15,00 euros
Se puede proceder al pago mediante transferencia bancaria electrónica o de forma presencial, el número de cuenta
bancaria del BBVA es el siguiente: IBAN ES85 0182 6031 6102 0850 1552.
Estará bonificada la cuota de la tasa:
Tendrán una reducción del 75 % de la tasa, las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, que se acreditará
mediante original o copia compulsada del certificado de discapacidad emitido por la Dirección General de Servicios Sociales,
y que se deberá encontrar actualizado a la fecha de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
Tendrán una reducción del 50 % de la tasa, las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, de al
menos 6 meses a la fecha de convocatoria. Esta condición se acreditará por medio de certificaciones emitidas por la
administración competente en el momento de la solicitud.
La falta de abono en concepto de participación en las convocatorias de selección de personal o de la justificación de
encontrarse exenta o con derecho a bonificación del mismo, determinará la exclusión de la persona solicitante en las listas
provisionales, pudiendo subsanar en el plazo establecido en la base cuarta. En ningún caso, la mera presentación de la
acreditación del pago de la tasa en concepto de participación en las convocatorias de selección de personal, supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación.
Procederá la devolución de la tasa que se hubiese satisfecho cuando no se realice su hecho imponible (la celebración del
proceso selectivo), por causa imputable a la Administración o se constate abono de mayor cuantía a la exigida, en cuyo caso
procederá la devolución de lo abonado en exceso.
La exclusión definitiva del proceso selectivo no dará lugar a la devolución de las tasas en concepto de participación en las
convocatorias de selección de personal.
Base cuarta. Admisión de aspirantes.
4.1.- Publicación lista provisional. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente de la Mancomunidad
dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as y causas que han motivado la
exclusión, así como la composición del Tribunal Calificador y los nombres y apellidos de sus miembros.
Dicha lista se hará pública la página en la Web: https://mriobodion.es, en el tablón de anuncios de la sede de la
Mancomunidad y en la sede electrónica de la Mancomunidad https://sede.mriobodion.es, concediéndose un plazo de cinco
días hábiles desde la publicación en el mismo, a los efectos de subsanación de errores u omisiones, así como de
presentación de posibles reclamaciones de los/as interesados/as.
4.2.- Publicación lista definitiva. Finalizado el plazo de reclamaciones, el Sr. Presidente dictará resolución aprobando la lista
definitiva de admitidos/as y excluidos/as, así como el lugar y hora de celebración de la fase de oposición, que será publicada
en la Web: https://mriobodion.es, en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de la Mancomunidad
https://sede.mriobodion.es.
Base quinta. Tribunal de Selección.
El Tribunal de Selección estará integrado por los/as siguientes miembros, que serán nombrados mediante resolución del Sr.
Presidente de la Mancomunidad, de conformidad a lo establecido en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con la designación
de la siguiente forma:
- Presidente/a: Gerente de la Mancomunidad o quien legalmente le sustituya.
- Vocales:
- Tres empleados públicos designados por la Presidencia.
- Secretario/a: El/la Secretario/a-Interventor/a de la Mancomunidad o quien legalmente lo sustituya.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Hasta 3 ejercicios/pruebas
Grupo A1
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Se puede proceder al pago mediante transferencia bancaria electrónica o de forma presencial, el número de cuenta
bancaria del BBVA es el siguiente: IBAN ES85 0182 6031 6102 0850 1552.
Estará bonificada la cuota de la tasa:
Tendrán una reducción del 75 % de la tasa, las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, que se acreditará
mediante original o copia compulsada del certificado de discapacidad emitido por la Dirección General de Servicios Sociales,
y que se deberá encontrar actualizado a la fecha de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
Tendrán una reducción del 50 % de la tasa, las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, de al
menos 6 meses a la fecha de convocatoria. Esta condición se acreditará por medio de certificaciones emitidas por la
administración competente en el momento de la solicitud.
La falta de abono en concepto de participación en las convocatorias de selección de personal o de la justificación de
encontrarse exenta o con derecho a bonificación del mismo, determinará la exclusión de la persona solicitante en las listas
provisionales, pudiendo subsanar en el plazo establecido en la base cuarta. En ningún caso, la mera presentación de la
acreditación del pago de la tasa en concepto de participación en las convocatorias de selección de personal, supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación.
Procederá la devolución de la tasa que se hubiese satisfecho cuando no se realice su hecho imponible (la celebración del
proceso selectivo), por causa imputable a la Administración o se constate abono de mayor cuantía a la exigida, en cuyo caso
procederá la devolución de lo abonado en exceso.
La exclusión definitiva del proceso selectivo no dará lugar a la devolución de las tasas en concepto de participación en las
convocatorias de selección de personal.
Base cuarta. Admisión de aspirantes.
4.1.- Publicación lista provisional. Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente de la Mancomunidad
dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as y causas que han motivado la
exclusión, así como la composición del Tribunal Calificador y los nombres y apellidos de sus miembros.
Dicha lista se hará pública la página en la Web: https://mriobodion.es, en el tablón de anuncios de la sede de la
Mancomunidad y en la sede electrónica de la Mancomunidad https://sede.mriobodion.es, concediéndose un plazo de cinco
días hábiles desde la publicación en el mismo, a los efectos de subsanación de errores u omisiones, así como de
presentación de posibles reclamaciones de los/as interesados/as.
4.2.- Publicación lista definitiva. Finalizado el plazo de reclamaciones, el Sr. Presidente dictará resolución aprobando la lista
definitiva de admitidos/as y excluidos/as, así como el lugar y hora de celebración de la fase de oposición, que será publicada
en la Web: https://mriobodion.es, en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de la Mancomunidad
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Base quinta. Tribunal de Selección.
El Tribunal de Selección estará integrado por los/as siguientes miembros, que serán nombrados mediante resolución del Sr.
Presidente de la Mancomunidad, de conformidad a lo establecido en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con la designación
de la siguiente forma:
- Presidente/a: Gerente de la Mancomunidad o quien legalmente le sustituya.
- Vocales:
- Tres empleados públicos designados por la Presidencia.
- Secretario/a: El/la Secretario/a-Interventor/a de la Mancomunidad o quien legalmente lo sustituya.
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