Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02957/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión, por sistema de concurso de méritos, del puesto número 468 de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario del Ayuntamiento de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz
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4.- El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que en su caso hayan sido
concedidos al interesado, salvo que por causas justificadas excepcionalmente y debidamente motivadas por el órgano
competente, se acuerde suspender el disfrute de los mismos.
5.- El destino adjudicado al puesto de trabajo objeto de convocatoria se considera de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generará derecho al abono de indemnización alguna.
6.- El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que antes de finalizar el plazo posesorio se hubiera obtenido otro destino
mediante convocatoria pública, quedando obligado el interesado, en este caso, a comunicarlo a los servicios afectados.
Novena.- Reclamaciones.
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, podrán ser impugnados por los
interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ignacio Gragera Barrera.
____________________
ANEXO I
PUESTO CONVOCADO
N.º
Puesto
Unidad
468 Jefe de Negociado de Compras
Grupo Nivel
Servicio de Contratación
C1
20
CE
FP
11.432,23 CG
_________________
ANEXO II
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
N.º
468
Puesto
Jefe de Negociado de compras
Grupo
RPT
Escala
C1
F
AG
Titulación específica
Título de Bachiller o Técnico
________________
ANEXO III:
CRITERIOS DE VALORACIÓN CONCURSO DE MÉRITOS
En relación con el contenido de las bases de la convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso de méritos, de los
puestos vacantes en las relaciones de puestos de trabajo de funcionarios y personal laboral del Ayuntamiento de Badajoz y
sus organismos autónomos, y en concreto, con las diferentes fases del citado concurso, atendiendo al contenido del artículo
12 del acuerdo regulador por el que se regulan las condiciones de trabajo y las retribuciones de los empleados públicos del
Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos, de fecha 22 de julio de 2009, y a lo dispuesto en la mesa general de
negociación de los empleados públicos del Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos, en fecha 20 de
diciembre de 2019, se establecen los siguientes criterios.
Primero. Las fases del concurso de méritos son las siguientes:
1. Los puestos de trabajo que en la columna "forma de provisión" de la relación de puestos de trabajo, se
encuentren identificados con la clave "CG" se someterán únicamente a la fase de valoración de méritos
generales.
2. Los puestos de trabajo que en la columna "forma de provisión" de la relación de puestos de trabajo estén
identificados con la clave "CE" se someterán a una primera fase de valoración de méritos generales y,
posteriormente, a una segunda fase de valoración de méritos específicos.
Segundo.- Para la valoración de los méritos se tendrá en cuenta:
Méritos generales:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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4.- El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que en su caso hayan sido
concedidos al interesado, salvo que por causas justificadas excepcionalmente y debidamente motivadas por el órgano
competente, se acuerde suspender el disfrute de los mismos.
5.- El destino adjudicado al puesto de trabajo objeto de convocatoria se considera de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generará derecho al abono de indemnización alguna.
6.- El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que antes de finalizar el plazo posesorio se hubiera obtenido otro destino
mediante convocatoria pública, quedando obligado el interesado, en este caso, a comunicarlo a los servicios afectados.
Novena.- Reclamaciones.
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, podrán ser impugnados por los
interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Ignacio Gragera Barrera.
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ANEXO I
PUESTO CONVOCADO
N.º
Puesto
Unidad
468 Jefe de Negociado de Compras
Grupo Nivel
Servicio de Contratación
C1
20
CE
FP
11.432,23 CG
_________________
ANEXO II
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
N.º
468
Puesto
Jefe de Negociado de compras
Grupo
RPT
Escala
C1
F
AG
Titulación específica
Título de Bachiller o Técnico
________________
ANEXO III:
CRITERIOS DE VALORACIÓN CONCURSO DE MÉRITOS
En relación con el contenido de las bases de la convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso de méritos, de los
puestos vacantes en las relaciones de puestos de trabajo de funcionarios y personal laboral del Ayuntamiento de Badajoz y
sus organismos autónomos, y en concreto, con las diferentes fases del citado concurso, atendiendo al contenido del artículo
12 del acuerdo regulador por el que se regulan las condiciones de trabajo y las retribuciones de los empleados públicos del
Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos, de fecha 22 de julio de 2009, y a lo dispuesto en la mesa general de
negociación de los empleados públicos del Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos, en fecha 20 de
diciembre de 2019, se establecen los siguientes criterios.
Primero. Las fases del concurso de méritos son las siguientes:
1. Los puestos de trabajo que en la columna "forma de provisión" de la relación de puestos de trabajo, se
encuentren identificados con la clave "CG" se someterán únicamente a la fase de valoración de méritos
generales.
2. Los puestos de trabajo que en la columna "forma de provisión" de la relación de puestos de trabajo estén
identificados con la clave "CE" se someterán a una primera fase de valoración de méritos generales y,
posteriormente, a una segunda fase de valoración de méritos específicos.
Segundo.- Para la valoración de los méritos se tendrá en cuenta:
Méritos generales:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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