Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02978/2025)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de la ocupación de la vía pública con mesas, sillas, y otros elementos con fines lucrativos
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Ayuntamiento de Burguillos del Cerro

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— La reincidencia en la comisión de infracciones.
— La reiteración, aún no sancionada previamente, en la comisión de la misma infracción.

Artículo 16. Procedimiento sancionador.
1. Para imponer sanciones a las infracciones previstas en la presente Ordenanza deberá seguirse el
procedimiento sancionador regulado en el Real Decreto 1398/1993, de agosto, por el que se aprueba el
Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, en relación a lo dispuesto en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
2. Las infracciones a los preceptosde esta Ordenanza serán sancionadas por el Alcalde a propuesta de los
servicios competentes, quienes instruirán los oportunos expedientes. El órgano instructor podrá residir en
Gestión Tributaria, Policía Local o en el Servicio competente en materia de Actividades y Establecimientos
Públicos.
3. Serán responsables de las infracciones a las normas de esta Ordenanza los titulares de las autorizaciones,
estén o no presentes en el momento de la infracción.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza será objeto de publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, entrando en vigor una vez
haya transcurrido el plazo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
En Burguillos del Cerro, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María José Calderón Carretero.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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