Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calamonte. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (02889/2025)
Bases de la convocatoria para cubrir una plaza de Gerente de Dinamización Comercial, como funcionario interino, por turno libre, mediante el sistema de oposición
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Calamonte
Anuncio 2889/2025
cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE-1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios
generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de
personas con discapacidad.
Una vez analizadas las necesidades específicas de cada uno de los aspirantes, el Tribunal Calificador adoptará las medidas
precisas, en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los solicitantes de adaptaciones de tiempo y/o medios
gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de aspirantes.
6.- Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
Terminado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa-Presidenta dictará resolución, declarando aprobada la
lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncio y en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Calamonte, concediéndose un plazo de dos días hábiles para la presentación de posibles reclamaciones. Si
no existiesen reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de nueva
publicación.
Resueltas las reclamaciones presentadas, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se dará a
conocer junto con el calendario de las pruebas y la composición del Tribunal de Selección. No se notificará individualmente a
los aspirantes.
Si no hubiera reclamaciones, transcurrido el plazo para efectuar las mismas, la lista provisional, se convertirá en definitiva.
Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinará la composición de los
miembros del Tribunal Calificador y la fecha, lugar y hora de celebración del comienzo de las pruebas, con una antelación
mínima de dos días hábiles al comienzo de las mismas.
Quinta.- Tribunal de Selección.
1.- Composición del Tribunal: Estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: Miembro de la Función Pública de igual o superior titulación, designado por Alcaldía.
Secretario: Empleado/a público municipal, designado por Alcaldía.
Vocales:
Dos empleados/as públicos, designados por Alcaldía.
Un/a representante de otra Administración Pública.
Los componentes del Tribunal de Selección deberánabstenerse de formar parte del mismo, notificándolo a la autoridad
convocante, cuando se dé alguna de las causas de abstención señaladas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, o cuando, en el ámbito de actividades privadas, hubiesen realizado
tareas de formación o preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la
correspondiente convocatoria.
El Tribunal de Selección no podrá constituirse, ni actuar, sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, siendo
necesaria la presencia del Presidente y Secretario. Las decisiones se adoptarán por mayoría. Su composición será
predominantemente técnica, sus componentes deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el
ingreso en la categoría profesional de que se trate.
2.- Participación de las organizaciones sindicales: Las organizaciones sindicales que formen parte de las mesas de
negociación correspondientes recibirán información sobre el desarrollo de los procesos selectivos, pudiendo participar
como observadores en todas las fases y actos que integran dichos procesos a excepción de aquellos en los que se delibere,
decida y materialice el contenido de las pruebas, antes de su realización.
3.- Asesores especialistas y personal colaborador: Cuando el procedimiento selectivo, por dificultad técnica o de otra índole,
así lo aconsejare, el Tribunal podrá disponer incorporar al mismo personal asesor especialista para todas o algunas de las
pruebas, de acuerdo con lo previsto en las correspondientes convocatorias, que colaborarán con el órgano de selección
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 10
Anuncio 2889/2025
cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE-1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios
generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de
personas con discapacidad.
Una vez analizadas las necesidades específicas de cada uno de los aspirantes, el Tribunal Calificador adoptará las medidas
precisas, en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los solicitantes de adaptaciones de tiempo y/o medios
gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de aspirantes.
6.- Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
Cuarta.- Admisión de aspirantes.
Terminado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa-Presidenta dictará resolución, declarando aprobada la
lista provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el tablón de anuncio y en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Calamonte, concediéndose un plazo de dos días hábiles para la presentación de posibles reclamaciones. Si
no existiesen reclamaciones, la lista provisional se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de nueva
publicación.
Resueltas las reclamaciones presentadas, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se dará a
conocer junto con el calendario de las pruebas y la composición del Tribunal de Selección. No se notificará individualmente a
los aspirantes.
Si no hubiera reclamaciones, transcurrido el plazo para efectuar las mismas, la lista provisional, se convertirá en definitiva.
Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinará la composición de los
miembros del Tribunal Calificador y la fecha, lugar y hora de celebración del comienzo de las pruebas, con una antelación
mínima de dos días hábiles al comienzo de las mismas.
Quinta.- Tribunal de Selección.
1.- Composición del Tribunal: Estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: Miembro de la Función Pública de igual o superior titulación, designado por Alcaldía.
Secretario: Empleado/a público municipal, designado por Alcaldía.
Vocales:
Dos empleados/as públicos, designados por Alcaldía.
Un/a representante de otra Administración Pública.
Los componentes del Tribunal de Selección deberánabstenerse de formar parte del mismo, notificándolo a la autoridad
convocante, cuando se dé alguna de las causas de abstención señaladas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, o cuando, en el ámbito de actividades privadas, hubiesen realizado
tareas de formación o preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la
correspondiente convocatoria.
El Tribunal de Selección no podrá constituirse, ni actuar, sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, siendo
necesaria la presencia del Presidente y Secretario. Las decisiones se adoptarán por mayoría. Su composición será
predominantemente técnica, sus componentes deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el
ingreso en la categoría profesional de que se trate.
2.- Participación de las organizaciones sindicales: Las organizaciones sindicales que formen parte de las mesas de
negociación correspondientes recibirán información sobre el desarrollo de los procesos selectivos, pudiendo participar
como observadores en todas las fases y actos que integran dichos procesos a excepción de aquellos en los que se delibere,
decida y materialice el contenido de las pruebas, antes de su realización.
3.- Asesores especialistas y personal colaborador: Cuando el procedimiento selectivo, por dificultad técnica o de otra índole,
así lo aconsejare, el Tribunal podrá disponer incorporar al mismo personal asesor especialista para todas o algunas de las
pruebas, de acuerdo con lo previsto en las correspondientes convocatorias, que colaborarán con el órgano de selección
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 5 de 10