Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (02912/2025)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de la imposición de contribuciones especiales para las mejoras de regeneración urbana en el entorno urbano de la plaza de Extremadura del término municipal de Navalvillar de Pela
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

Anuncio 2912/2025

perjuicio de las que puedan imponer otras administraciones públicas por razón de la misma obra o servicio.
En todo caso, se respetará el límite del 90 por ciento a que se refiere el apartado 1 de este artículo.
Artículo 8.- Cuota tributaria y criterios de reparto.
1. La cuota tributaria se establecerá teniendo en cuenta la clase y naturaleza de las obras y servicios, con
sujeción a las siguientes reglas:
a) Con carácter general se aplicará como módulo de reparto las cuantías no subvencionadas
acordadas con la Asociación de Vecinos plaza de Extremadura en la Asamblea General
realizada el 3 de abril de 2025 y que afectan a las actuaciones de regeneración urbana
contempladas en la citada plaza de Extremadura.

ACTUACIONES DE REGENERACIÓN URBANA EN EL ENTORNO DE

Dirección en plaza de
Extremadura
Ayuntamiento de
Navalvillar de Pela

Propietarios referencia catastral

Porcentaje (%)
de Base
Imponible

-

--

Cuantía*

154.080,00 € (Proyecto completo)

N.º 1. Bajo A

6404504TJ8360S0001IE

58,58%

1.000,00 € (En dos abonos de 500,00
€)

N.º 1. Bajo B

6404504TJ8360S0002OR

58,58%

3.675,00 € (En dos abonos de 1837,50
€)

N.º 1. 1.º A

6404504TJ8360S0003PT

58,58%

1.000,00 € (En dos abonos de 500,00
€)

N.º 1 1.º B

6404504TJ8360S0004AY

58,58%

1.000,00 € (En dos abonos de 500,00
€)

N.º 2. Bajo A

6405405TJ8360S0004BY

58,58%

6.350,00 € (En dos abonos de
3.175,00€)

N.º 2. Bajo B

6405405TJ8360S0002KR

58,58%

1.000,00€ (En dos abonos de 500,00
€)

N.º 2. 1º A

640450TJ8360S0003LT

58,58%

6.350,00 € (En dos abonos de
3.175,00 €)

N.º 2. 1º B

640450TJ8360S0001JE

58,58%

1.000,00 € (En dos abonos de 500,00
€)

N.º 3. Bajo A

6404506TJ8360S0001EE

58,58%

1.000,00 € (En dos abonos de
500.00.00 €)

N.º 3. Bajo B

6404506TJ8360S0002RR

58,58%

3.675,00 € (En dos abonos de 1837,50
€)

N.º 3. 1.º A

6404506TJ8360S0003TT

58,58%

3.675,00 € (En dos abonos de 1837,50
€)

N.º 4. Bajo A

6404507TJ8360S0001SE

58,58%

1.000,00€ (En dos abonos de 500,00
€)

N.º 4. Bajo B

6404507TJ8360S0002DR

58,58%

1.000,00 € (En dos abonos de
500,00€)

N.º 4. 1.º A

6404507TJ8360S0003FT

58,58%

1.000,00 € (En dos abonos de 500,00
€)

N.º 4. 1.º B

6404507TJ8360S0004GY

58,58%

1.000,00 € (En dos abonos de 500,00
€)

N.º 5. 1.º A

6404508TJ8360S0004QY

58,58%

1.000,00 € (En dos abonos de 500,00
€)

N.º 5. 2.º A

6404506TJ8360S0005WU

58,58%

1.000,00 € (En dos abonos de 500,00
€)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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