Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02882/2025)
Reglamento de funcionamiento del centro empresarial y de nuevas tecnologías (CENT)
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Ayuntamiento de Mérida

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Mérida
Mérida (Badajoz)
Anuncio 2882/2025
Reglamento de funcionamiento del centro empresarial y de nuevas tecnologías (CENT)

El Pleno Municipal de Mérida, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de junio de 2025, ha aprobado definitivamente la
modificación del Reglamento del Centro Empresarial de Nuevas Tecnologías, cuyo texto actualizado se inserta a
continuación, señalando que no entrará en vigor hasta pasados los 15 días a que se refiere el artículo 65.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO EMPRESARIAL Y DE NUEVAS TECNOLOGÍAS (CENT)
(Aprobado definitivamente en S.P. de fecha 29 d junio de 2025)
El Centro Empresarial y de Nuevas Tecnologías (en adelante, "CENT"), es un edificio de titularidad municipal, construido en el
marco del proyecto Urban Mérida 2007/2013, cofinanciado en un 80% por el FEDER. Se ubica en un edificio de nueva planta
situado en la calle Pío Baroja, número 7, del polígono Nueva Ciudad, de la ciudad de Mérida, con una superficie construida
de 885,16 m². Dispone de 24 despachos, distribuidos en cuatro niveles, además de diferentes salas y aulas de usos
múltiples, que conforman prioritariamente un semillero de empresas.
El semillero de empresas es una estructura de acogida temporal para ubicar a empresas y emprendedores en sus primeros
pasos en el mercado, acompañarlos y prestarles determinados servicios adaptados a las necesidades de cada proyecto
empresarial, con el fin de facilitarles el desarrollo de iniciativas empresariales de interés local. Constituye, pues, un espacio
físico que, combinando el ofrecimiento de despachos, formación, asesoramiento y prestación de servicios, trata de cubrir las
necesidades básicas de pequeñas y medianas empresas, permitiendo mejorar sus expectativas de supervivencia.
Asimismo, el CENT es un edificio apto para albergar otros usos compatibles con el principal y prestar actividades en
colaboración con otras administraciones públicas y/o sus organismos dependientes.
La regulación de este centro de forma diferenciada permite ofrecer herramientas tanto a los usuarios como a los
profesionales implicados en cada punto del proceso, de cara a la utilización de este servicio de la forma más eficaz y sencilla.
Para ello, se han simplificado y aclarado al máximo los trámites que deben realizarse, estableciéndose un enunciado
explícito de requisitos, derechos y deberes.
Atendiendo a los fines señalados, y en el ejercicio de la potestad reglamentaria, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 4.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a dictar el presente
Reglamento de utilización del edificio municipal.
TÍTULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Objeto.
Este reglamento tiene como finalidad regular el funcionamiento del CENT municipal de Mérida, la admisión de beneficiarios,
los derechos y obligaciones de todos sus usuarios, así como la ordenación del uso de los espacios privativos y comunes.
Artículo 2.- Fines y medios.
El fin principal del edificio es el de implantar un semillero de empresas, configurado como una estructura de acogimiento
temporal para ubicar a nuevos empresarios en sus primeros pasos en el mercado, acompañarlos y prestarles determinados
servicios adaptados a las necesidades de cada proyecto con el fin de facilitar el desarrollo de iniciativas empresariales de
interés local. Todo ello, con el objetivo fundamental de apoyar al surgimiento y continuidad de empresas de reciente
creación y proyectos de autoempleo que, por su viabilidad, puedan contribuir en términos económicos, comerciales, o de
empleo, al desarrollo del municipio.
Asimismo, el CENT es un edificio apto para albergar otros usos compatibles con el principal y prestar en colaboración con
otras administraciones públicas y/o sus organismos dependientes cuantas actividades promuevan el asesoramiento y apoyo
a las iniciativas emprendedoras, en particular, y al tejido productivo, en general.
Los medios con los que cuenta son 24 despachos, distribuidos en cuatro niveles, además de diferentes salas y aulas de usos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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