Administración Local. Consorcios. Consorcio Integral del Casco Antiguo de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02875/2025)
Bases de convocatoria para la selección de personal funcionario o laboral
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Consorcio Integral del Casco Antiguo de Badajoz

Anuncio 2875/2025

en la creación de informes financieros (máximo 5 puntos).
Por experiencia en declaraciones fiscales y cumplimiento de normativas fiscales: 1 punto por
cada año de experiencia gestionando declaraciones fiscales y cumplimiento de normativas
tributarias (máximo 5 puntos).
Formación complementaria (Máximo 10 puntos):
Por cursos de contabilidad, finanzas o gestión fiscal: 0,5 punto por cada curso relacionado con
contabilidad, finanzas, impuestos, normativa fiscal o tributaria, o gestión administrativa
(máximo 5 puntos).
Por certificación en software de contabilidad (como SAP, Contaplus, etc.): 1 punto por cada
certificación en software utilizado para gestión contable y fiscal (máximo 5 puntos).

Novena. Resolución.
1. Una vez valorados por parte de la Comisión de Valoración los méritos de los aspirantes seleccionados
recogidos en la base Séptima de la presente convocatoria, en el plazo máximo de cinco días hábiles se
informará al Consejo Rector de las puntuaciones obtenidas por cada candidato.
2. La designación definitiva de los candidatos seleccionados mediante el proceso de concurso recogido en la
presente convocatoria ser hará por parte del Consejo Rector del Consorcio en el plazo máximo de 2 meses
contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, conforme a lo dispuesto en el artículo
21 del decreto 43/1996, que regula el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. La resolución de nombramiento se motivará con referencia al cumplimiento por parte de los candidatos/as
elegidos de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, y la competencia para proceder al
mismo.
4. De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 43/1996 citado, el puesto convocado podrá
quedar desierto, si no concurren aspirantes idóneos.
Décima. Nombramiento y toma de posesión.
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambios de
residencia del funcionario/a, o de 10 días hábiles si comporta cambio de residencia, que deberá justificarse.
2. El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá
efectuarse dentro de los 3 días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de esta convocatoria. Si la
resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde
dicha publicación, y será de tres días hábiles, a reserva de que el reingreso comporte cambio de residencia, en
cuyo caso será de 10 días.
3. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones, permisos o licencias que en
su caso hayan sido concedidos.
Undécima. Recursos.
1. Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa, podrá
interponerse por los interesados legitimados uno de los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto
recurrido, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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