Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (02862/2025)
Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal número 13, reguladora de la tasa por suministro de agua potable
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 2862/2025
Todo lo no previsto en la presente Ordenanza, se regirá por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y por la Ley General Tributaria, así como a las
disposiciones y normas que la desarrollen o complementen.
Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta
su modificación o derogación expresa.
Diligencia: Para hacer constar que la presente Ordenanza fue aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada
el día 9 de noviembre de 1989 y se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha 26 de diciembre de 1989.
El interventor,
Diligencia: Para hacer constar que la nueva redacción del anexo de tarifas de la presente Ordenanza fue aprobada por el
Pleno de la Corporación en sesiones celebradas los días 25 de julio de 2016 y 26 de septiembre de 2016 y se publicó en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha 6 de octubre de 2016.
El interventor,
Diligencia: Para hacer constar que la nueva redacción de la presente Ordenanza fue aprobada por el Pleno de la Corporación
en sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2021 y se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha 16
de diciembre de 2021.
El interventor,
Diligencia: Para hacer constar que la nueva redacción de la presente Ordenanza fue aprobada por el Pleno de la Corporación
en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2022 y se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha 4 de
marzo de 2022.
La interventora,
_____________________
ANEXO I
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 13
TASA DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE A DOMICILIO
O.F. Número 13 - Tasa suministro agua potable
Tarifas propuestas
TARIFA GENERAL
1. Uso doméstico:
1.1.
Cuota fija
7,061 euros
1.2.
Cuota variable por consumo:
1.2.1.
Hasta 8 m³
0,452 euros/m³
1.2.2.
De 8,01 a 20 m³
1,037 euros/m³
1.2.3.
De 20,01 a 30 m³
1,423 euros/m³
1.2.4.
Más de 30 m³
1,674 euros/m³
2. Uso industrial:
2.1.
Cuota fija
14,094 euros
2.2.
Cuota variable por consumo
1,055 euros/m³
TARIFAS ESPECIALES
1. Pensionistas:
1.1.
Cuota fija
1.2.
Cuota variable por consumo:
3,517 euros
1.2.1.
Hasta 8 m³
0,219 euros/m³
1.2.2.
De 8,01 a 20 m³
0,520 euros/m³
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Todo lo no previsto en la presente Ordenanza, se regirá por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y por la Ley General Tributaria, así como a las
disposiciones y normas que la desarrollen o complementen.
Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta
su modificación o derogación expresa.
Diligencia: Para hacer constar que la presente Ordenanza fue aprobada por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada
el día 9 de noviembre de 1989 y se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha 26 de diciembre de 1989.
El interventor,
Diligencia: Para hacer constar que la nueva redacción del anexo de tarifas de la presente Ordenanza fue aprobada por el
Pleno de la Corporación en sesiones celebradas los días 25 de julio de 2016 y 26 de septiembre de 2016 y se publicó en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha 6 de octubre de 2016.
El interventor,
Diligencia: Para hacer constar que la nueva redacción de la presente Ordenanza fue aprobada por el Pleno de la Corporación
en sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2021 y se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha 16
de diciembre de 2021.
El interventor,
Diligencia: Para hacer constar que la nueva redacción de la presente Ordenanza fue aprobada por el Pleno de la Corporación
en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2022 y se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz de fecha 4 de
marzo de 2022.
La interventora,
_____________________
ANEXO I
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 13
TASA DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE A DOMICILIO
O.F. Número 13 - Tasa suministro agua potable
Tarifas propuestas
TARIFA GENERAL
1. Uso doméstico:
1.1.
Cuota fija
7,061 euros
1.2.
Cuota variable por consumo:
1.2.1.
Hasta 8 m³
0,452 euros/m³
1.2.2.
De 8,01 a 20 m³
1,037 euros/m³
1.2.3.
De 20,01 a 30 m³
1,423 euros/m³
1.2.4.
Más de 30 m³
1,674 euros/m³
2. Uso industrial:
2.1.
Cuota fija
14,094 euros
2.2.
Cuota variable por consumo
1,055 euros/m³
TARIFAS ESPECIALES
1. Pensionistas:
1.1.
Cuota fija
1.2.
Cuota variable por consumo:
3,517 euros
1.2.1.
Hasta 8 m³
0,219 euros/m³
1.2.2.
De 8,01 a 20 m³
0,520 euros/m³
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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