Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medellín. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02839/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento interno de proyectos de formación profesional dual para el empleo ESCALA "Condado de Medellín-Santa Amalia IV"
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Ayuntamiento de Medellín

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Medellín
Medellín (Badajoz)
Anuncio 2839/2025
Aprobación definitiva del Reglamento interno de proyectos de formación profesional dual para el empleo ESCALA
"Condado de Medellín-Santa Amalia IV"

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE PROYECTOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
DUAL PARA EL EMPLEO
Don Rafael Mateos Torres, en su calidad de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Medellín.
Hace saber: Habiendo sido publicado inicialmente el Reglamento de régimen interno para el programa ESCALA "Condado de
Medellín-Santa Amalia IV", en BOP número 65 de fecha 4 de abril de 2025, anuncio 1235, y no habiéndose recibido
alegaciones en el plazo de 30 días, el reglamento que se transcribe a continuación se eleva a definitivo.
"REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE PROYECTOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL PARA EL EMPLEO
ESCALA CONDADO DE MEDELLÍN-SANTA AMALIA IV
PREÁMBULO
Con la divulgación del presente documento, entendido como una propuesta de mínimos, se pretende conseguir la
interiorización de unas normas básicas de convivencia que garanticen el ejercicio pleno de los derechos y deberes de
quienes integran los diferentes proyectos relacionados con programas de formación y empleo promovidos por el
Ayuntamiento de Medellín, así como concretar las normas que deben regir los derechos y deberes que dimanen.
Su efectividad se hará extensiva durante las diferentes fases en las que pueda estar compuestos los diferentes proyectos
relacionados con programas de formación y empleo promovidos por el Ayuntamiento de Medellín, al entender que la
adopción de un marco normativo disciplinario desde el inicio del proceso formativo posibilita el eficaz funcionamiento de los
diferentes proyectos.
La finalidad del presente Reglamento de Régimen Interno es recoger con claridad y precisión el conjunto de normas que
regulan el funcionamiento del Programa para su conocimiento y aplicación.
La competencia del cumplimiento de este Reglamento de Régimen Interno corresponde al Ayuntamiento de Medellín (en
adelante, Entidad Promotora) a través del equipo directivo y técnico de los diferentes proyectos. La configuración de dicho
equipo vendrá determinado en la resolución de aprobación de cada proyecto concreto.
El presente Reglamento de Régimen Interno pretende servir de norma que articule, dentro de la legalidad vigente, a aquellos
aspectos propios del desarrollo y desempeño cotidiano de los proyectos relacionados con programas de formación y
empleo promovidos por el Ayuntamiento de Medellín, regulando su ordenación técnica y organización y constituyendo sus
normas de funcionamiento y coordinación, todo ello sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica que regule el
programa/proyecto concreto, el estatuto de los trabajadores y demás legislación que resulte de aplicación.
CAPÍTULO I: OBJETO Y ÁMBITO
Artículo 1.- Objeto.
El presente Reglamento establece las normas de organización y funcionamiento interno de los proyectos relacionados con
programas de formación y empleo promovidos por el Ayuntamiento de Medellín.
Artículo 2.- Ámbito.
El presente Reglamento de Régimen Interno será de aplicación a todos los componentes de los proyectos relacionados con
programas de formación y empleo promovidos por el Ayuntamiento de Medellín.
Artículo 3.- Organización general.
La organización general de los programas corresponderá a 2 niveles:
Nivel institucional: La máxima responsabilidad institucional del programa corresponderá al Ayuntamiento de
Medellín, como entidad promotora y contratante, cargo que compartirá con el Servicio Extremeño Público de Empleo
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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