Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02657/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso de méritos, del puesto número 1725, perteneciente a la relación de puestos de trabajo de Jefe de Sección de Área Instalaciones de la FMD
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Badajoz
Anuncio 2657/2025
ID_Puesto
Puesto
Unidad
Grupo RPT Escala
1725
J. Sección de puestos
de trabajo
Fundación Municipal de
Deportes
A2
L
AE
Titulación específica
Título de Arquitecto Técnico o
equivalente
_______________
ANEXO III:
CRITERIOS DE VALORACIÓN CONCURSO DE MÉRITOS
En relación con el contenido de las bases de la convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso de méritos, de los
puestos vacantes en las relaciones de puestos de trabajo de funcionarios y personal laboral del Ayuntamiento de Badajoz y
sus organismos autónomos, y en concreto, con las diferentes fases del citado concurso, atendiendo al contenido del artículo
12 del acuerdo regulador por el que se regulan las condiciones de trabajo y las retribuciones de los empleados públicos del
Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos, de fecha 22 de julio de 2009, y a lo dispuesto en la Mesa General de
Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos, en fecha 20 de
diciembre de 2019, se establecen los siguientes criterios.
Primero.- Las fases del concurso de méritos son las siguientes:
1. Los puestos de trabajo que en la columna "forma de provisión" de la relación de puestos de trabajo, se
encuentren identificados con la clave "CG" se someterán únicamente a la fase de valoración de méritos
generales.
2. Los puestos de trabajo que en la columna "forma de provisión" de la relación de puestos de trabajo estén
identificados con la clave "CE" se someterán a una primera fase de valoración de méritos generales y,
posteriormente, a una segunda fase de valoración de méritos específicos.
Segundo.- Para la valoración de los méritos se tendrá en cuenta:
Méritos generales:
1) Antigüedad en el Ayuntamiento de Badajoz.
- Solo será valorable la antigüedad en el Ayuntamiento de Badajoz, sin que sea objeto de
valoración la antigüedad como empleado público en otras administraciones públicas.
- Se reconocen a efectos de antigüedad, los servicios previos a la condición de funcionario de
carrera en las vinculaciones de funcionario interino o en prácticas, contratado laboral o
administrativo, en el Ayuntamiento de Badajoz, excepto aquellos que tuvieran el carácter de
prestaciones personales obligatorias.
- La valoración de la antigüedad será idéntica para todos los grupos y/o subgrupos, o
agrupaciones profesionales, valorándose en todo caso, con independencia del concreto grupo
y/o subgrupo al que pertenezca el puesto al que se pretenda concursar.
2) Experiencia relacionada con el puesto al que se concursa (no se computará el tiempo ocupando el puesto
en comisión de servicio).
Para la valoración de la experiencia, se valorará la experiencia en funciones similares a las del puesto al que
se concursa, dentro de la misma Sección y, en defecto de ésta, Servicio.
3) Formación continua, incluida en planes de formación continua, relacionada con el puesto de trabajo al que
se concursa.
- La formación debe estar relacionada con el puesto de trabajo al que se concursa.
- Se valorará únicamente la formación incluida en planes de formación continua.
- Los cursos de formación y perfeccionamiento, deberán haber sido impartidos por el
Ayuntamiento de Badajoz, demás administraciones públicas, centros o entidades acogidos a los
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 6 de 9
Anuncio 2657/2025
ID_Puesto
Puesto
Unidad
Grupo RPT Escala
1725
J. Sección de puestos
de trabajo
Fundación Municipal de
Deportes
A2
L
AE
Titulación específica
Título de Arquitecto Técnico o
equivalente
_______________
ANEXO III:
CRITERIOS DE VALORACIÓN CONCURSO DE MÉRITOS
En relación con el contenido de las bases de la convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso de méritos, de los
puestos vacantes en las relaciones de puestos de trabajo de funcionarios y personal laboral del Ayuntamiento de Badajoz y
sus organismos autónomos, y en concreto, con las diferentes fases del citado concurso, atendiendo al contenido del artículo
12 del acuerdo regulador por el que se regulan las condiciones de trabajo y las retribuciones de los empleados públicos del
Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos, de fecha 22 de julio de 2009, y a lo dispuesto en la Mesa General de
Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Badajoz y sus organismos autónomos, en fecha 20 de
diciembre de 2019, se establecen los siguientes criterios.
Primero.- Las fases del concurso de méritos son las siguientes:
1. Los puestos de trabajo que en la columna "forma de provisión" de la relación de puestos de trabajo, se
encuentren identificados con la clave "CG" se someterán únicamente a la fase de valoración de méritos
generales.
2. Los puestos de trabajo que en la columna "forma de provisión" de la relación de puestos de trabajo estén
identificados con la clave "CE" se someterán a una primera fase de valoración de méritos generales y,
posteriormente, a una segunda fase de valoración de méritos específicos.
Segundo.- Para la valoración de los méritos se tendrá en cuenta:
Méritos generales:
1) Antigüedad en el Ayuntamiento de Badajoz.
- Solo será valorable la antigüedad en el Ayuntamiento de Badajoz, sin que sea objeto de
valoración la antigüedad como empleado público en otras administraciones públicas.
- Se reconocen a efectos de antigüedad, los servicios previos a la condición de funcionario de
carrera en las vinculaciones de funcionario interino o en prácticas, contratado laboral o
administrativo, en el Ayuntamiento de Badajoz, excepto aquellos que tuvieran el carácter de
prestaciones personales obligatorias.
- La valoración de la antigüedad será idéntica para todos los grupos y/o subgrupos, o
agrupaciones profesionales, valorándose en todo caso, con independencia del concreto grupo
y/o subgrupo al que pertenezca el puesto al que se pretenda concursar.
2) Experiencia relacionada con el puesto al que se concursa (no se computará el tiempo ocupando el puesto
en comisión de servicio).
Para la valoración de la experiencia, se valorará la experiencia en funciones similares a las del puesto al que
se concursa, dentro de la misma Sección y, en defecto de ésta, Servicio.
3) Formación continua, incluida en planes de formación continua, relacionada con el puesto de trabajo al que
se concursa.
- La formación debe estar relacionada con el puesto de trabajo al que se concursa.
- Se valorará únicamente la formación incluida en planes de formación continua.
- Los cursos de formación y perfeccionamiento, deberán haber sido impartidos por el
Ayuntamiento de Badajoz, demás administraciones públicas, centros o entidades acogidos a los
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 6 de 9