Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hornachos. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02204/2025)
Bases y convocatoria del proceso selectivo para la provisión, como personal funcionario interino, de una plaza de Arquitecto/a, escala Administración Especial, subescala Técnica, clase Superior, mediante concurso-oposición
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Ayuntamiento de Hornachos

Anuncio 2204/2025

Tribunal publicará en el tablón de anuncios y en la web de la Corporación la propuesta de nombramiento de funcionaria/o
interino/a.
Calificación de la fase de oposición: Comprenderá la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de que conste la
misma que sean igual o superior a las mínimas establecidas para superar cada ejercicio.
Si las circunstancias de la convocatoria así lo aconsejan por el número de participantes u otras circunstancias justificadas, el
Tribunal podrá establecer, en cualquiera de los ejercicios o pruebas una nota de corte o umbral mínimo de calificación igual
o superior al mínimo establecido para considerar aprobado el ejercicio. En caso de que así se acordara, deberá comunicarse
a los aspirantes antes del inicio del ejercicio.
Séptima.- Propuesta de selección.
Calificación final: A los opositores que hayan superado la fase de oposición se les sumara la puntación obtenida en la fase de
concurso.
El Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y a efectos meramente informativos, en la web de la
Corporación, el listado con los resultados del proceso.
Establecida la prelación de candidatos de acuerdo con la puntuación obtenida por aplicación de los criterios anteriormente
citados y debidamente reflejados en el documento de resolución definitiva, se formulará propuesta de contratación al
candidato correspondiente por orden de puntuación que se elevará al Sr. Alcalde para que proceda al nombramiento del
aspirante seleccionado como funcionaria/o interina/o.
En el caso de producirse empates en la puntuación total entre dos o más aspirantes el Tribunal procederá al desempate
entre los aspirantes con la aplicación de las reglas que a continuación se relacionan, por orden de prelación:
1.º.- Mayor puntuación obtenida en el ejercicio práctico.
2.º.- Mayor puntuación obtenida en el ejercicio teórico.
3.º.- Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
4.º.- Por sorteo entre los aspirantes.
El aspirante propuesto presentará en el Ayuntamiento, en el plazo de 10 días naturales, a contar desde el siguiente a que se
haga pública la propuesta, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la
convocatoria, siendo los mismos los siguientes:
a) Documento Nacional de Identidad y Título Académico exigido en la convocatoria o resguardo de haber
abonado los derechos para su expedición.
b) Declaración responsable de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público,
incluida la Seguridad Social, el día de la toma de posesión o de la firma del contrato, estándose a lo dispuesto
en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas y, en especial, a su artículo 10; y en todas las disposiciones que se dicten en su desarrollo.
c) Declaración responsable de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se
va a desempeñar, y en especial respecto a las actividades previstas en los artículos 11 y 12 de la Ley 53/1984,
de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y/o
solicitud de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se desarrollen al margen del
Ayuntamiento.
Quienes dentro del plazo indicado, salvo supuesto de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se
dedujese que carecen de algunos de los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas/os, quedando anuladas todas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de
participación, e igualmente el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de las/os
aspirantes que sigan a las/os propuestas/os, y que hayan superado el proceso selectivo, para su posible nombramiento
como funcionarias/os interinos/as.
El aspirante seleccionado/a deberá aportar un informe médico en que el que conste que no padecen enfermedad o defecto
físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes a la plaza para la que han sido propuestas/os.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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