Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Cortés. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (02063/2025)
Bases de convocatoria para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo, por sistema de oposición por turno libre
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Ayuntamiento de Hernán Cortés

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Hernán Cortés
Hernán Cortés (Badajoz)
Anuncio 2063/2025
Bases de convocatoria para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo, por sistema de oposición por turno
libre

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN, MEDIANTE OPOSICIÓN POR TURNO LIBRE, DE UN PUESTO DE
FUNCIONARIO PERTENECIENTE A LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, SUBESCALA AUXILIAR ADMINISTRATIVA
Se pone en general conocimiento que la Alcaldía pedánea de este Ayuntamiento, mediante resolución de fecha19 de mayo
de 2025, y en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 80 de la Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de
mancomunidades y entidades locales menores de Extremadura, en relación con el 21.1.g de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, convoca pruebas selectivas para cubrir, con carácter de personal funcionario de
carrera, una plaza de Auxiliar Administrativo de Administración General, grupo C, subgrupo C2, por el turno de acceso libre,
incluida en la oferta de empleo público aprobada con fecha 15 de abril de 2025 y publicada en el Diario Oficial de
Extremadura número 78, de fecha 24 de abril de 2025, y ello conforme a las siguientes
BASES:
1.- Objeto de la convocatoria. Normativa aplicable.
1.1.- Se convoca la provisión por turno libre, mediante oposición, de una (1), plaza vacante de funcionario/a, de Auxiliar de
Administración General, encuadrada en la escala de Administración General, subescala Auxiliar, grupo C, subgrupo C2, la
cual corresponden a la oferta de empleo público de este Ayuntamiento para el ejercicio 2025, a jornada completa, con las
retribuciones complementarias y demás derechos que correspondan con arreglo a la legislación vigente y la Corporación
tenga acordado o pueda acordar.
1.2.- En virtud del artículo 61.5 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado
Público (TREBEP) y 94.3 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura (LFPEX), y 4 c) del Real Decreto
896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el
procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, se establece la regulación del período de prácticas,
con una duración de tres meses, para quien supere las pruebas selectivas establecidas en las presentes bases.
1.2.- En lo no previsto en las presentes bases serán de aplicación al procedimiento selectivo la siguiente normativa:
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (TRLRL)
- Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las normas básicas y los programas mínimos
a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, en lo que
no se oponga a normativa posterior y de superior rango legal.
- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado.
- Ley 13/2015, de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura (LFPEX) y demás normativa vigente que
resulte de aplicación.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
1.4.- Observaciones: Al tratarse de un Ayuntamiento de una entidad local menor, todas las referencias a la Alcaldía se
entenderán hechas a la Alcaldía pedánea, y las realizadas a concejalías se entenderán a vocalías.
2.- Publicidad.
2.2.- En cumplimiento de lo establecido en el artículo 99 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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