Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Cortés. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (02063/2025)
Bases de convocatoria para la provisión de una plaza de Auxiliar Administrativo, por sistema de oposición por turno libre
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Hernán Cortés

Anuncio 2063/2025

a) Omisión de tildes:
• Palabras agudas terminadas en vocal, -n o -s: autobús, compás, inglés.
• Palabras llanas no terminadas en vocal, -n o -s: árbol, fácil, débil.
• Tildes diacríticas en éste/este, más/mas, tú/tu, sólo/solo, sé/se, sí/si, qué/que.
b) Confusión de grafías:
• b/v: votar vs botar;
• g/j: gente vs jente;
• y/ll: haya vs halla;
• h aspirada: hacer vs acer;
• c/s/z: cocer vs coser vs cozer.
c) Formas verbales incorrectas:
• Uso de "haiga" en vez de haya;
• Omisión de tilde en pretéritos (vendí, leyó).
d) Signos de interrogación y exclamación:
• Falta de apertura: ¿Por qué…?
• Falta de la tilde en pronombres interrogativos: qué, cómo, cuándo, dónde, quién.
Cualquiera de estos errores, si aparece más de 3 veces, se considerará criterio excluyente y podrá
suponer la obtención de suspenso en la prueba.
F.- Una vez finalizada la corrección del ejercicio, se expondrá la lista provisional de los aspirantes, por orden de puntuación y
se abrirá un plazo de tres días hábiles para posibles reclamaciones. Una vez resueltas estas, se procederá a publicar la lista
definitiva de los aspirantes que hayan superado este ejercicio de la oposición.
8.4.- En caso de que dos o más aspirantes obtengan la misma puntuación final, los criterios para tener en cuenta, a efectos
de desempate y aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán:
1.º.- Mayor puntuación en el segundo ejercicio.
2.º.- Mayor puntuación en el primer ejercicio.
3.º.- Sorteo.
9.- Resolución de la convocatoria y presentación de documentos.
9.1.- Una vez finalizadas todas las pruebas el órgano de selección hará pública la relación de personas aprobadas por orden
de puntuación y remitirá al órgano convocante una propuesta para el nombramiento como funcionaria o funcionario en
prácticas en la plaza convocada, de quien haya obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la
condición de funcionaria o funcionario de carrera de un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo
nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta limitación.
9.2.- La persona seleccionada deberá presentar en el Ayuntamiento, y dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde
el siguiente a aquel en que se haga pública la relación de aprobados, los siguientes documentos acreditativos de las
condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria:
a) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las
correspondientes funciones, expedido por facultativo competente y en modelo oficial.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las
que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso
de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
9.3.- Quienes tuvieran la condición de funcionarios/as estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de la Administración
de quien dependan, acreditando cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
9.4.- Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, la persona opositora propuesta no presentase sus
documentos o no reuniese los requisitos exigidos, no podrá ser nombrada, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 10 de 16