Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (02102/2025)
Bases de convocatoria para cubrir cinco plazas de Profesor/a de Música, mediante sistema de oposición libre
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Badajoz
Anuncio 2102/2025
Consistirá en la interpretación sin acompañamiento de piano del "Concierto para violín n.º 5 en
La Mayor K219" de W.A. Mozart.
Saxofón:
Consistirá en la interpretación sin acompañamiento de piano de la obra para Saxofón Alto
"Trepidant" de Miguel Enrique de Tena Peris.
Trompeta:
Consistirá en la interpretación sin acompañamiento de piano de la "Sonata para Trompeta en Si
bemol" de Jean Hubeau.
Piano:
Consistirá en la interpretación de las "Variaciones sobre un tema de Schumann, op. 9" de
Johannes Brahms.
Lenguaje musical:
Consistirá en la entrega de una unidad didáctica dirigida a un alumnado de 1.º de Lenguaje
Musical y su exposición oral al Tribunal durante un máximo de 10 minutos.
El Tribunal podrá dar por finalizada la prueba de cada persona aspirante cuando estime oportuno. El/la
candidato/a preparará para el ejercicio la obra completa.
Finalizado el ejercicio, el Tribunal Calificador podrá formular preguntas sobre el mismo u otras cuestiones
pedagógicas a la persona aspirante para su contestación de forma oral.
◦ Segunda fase: Prueba médica.
Esta prueba tiene como objetivo garantizar la idoneidad física de las personas aspirantes para el ejercicio de las funciones a
desempeñar, y se realizará por el mismo número de aspirantes que plazas haya disponibles para cubrir, y que, a su vez,
hayan superado la primera fase del proceso selectivo por orden de mayor puntuación.
Las pruebas médicas serán realizadas por los Servicios Médicos del Ayuntamiento de Badajoz, una vez superada la primera
fase.
La realización del reconocimiento médico implica el consentimiento de los/as aspirantes para que los resultados del mismo
sean puestos a disposición del Tribunal Calificador a los fines expresados y sirvan de fundamento para la evaluación y
calificación de las mismas.
Se realizarán las pruebas clínicas, analíticas, complementarias o de otra clase que se consideren necesarias para la
comprobación del requisito exigido en la base tercera, apartado b).
◦ Tercera fase: Periodo de prácticas.
Una vez superada la segunda fase, los/as aspirantes se someterán a un período de prácticas de un mes, donde
desempeñarán las funciones propias del puesto al que aspiran, siendo evaluados por el/la jefe/a de departamento del
puesto vacante que hayan elegido; el/la cual tendrá en cuenta la actitud y aptitud del/la aspirante respecto al ejercicio de sus
funciones.
Durante el tiempo que los/as aspirantes realicen el periodo de prácticas, tendrán derecho a ser retribuidos/as, de
conformidad con las retribuciones legalmente previstas.
Las personas aspirantes que no superen esta fase por haber obtenido la calificación de "No apto/a·, perderán todos los
derechos a su contratación como personal laboral fijo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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La Mayor K219" de W.A. Mozart.
Saxofón:
Consistirá en la interpretación sin acompañamiento de piano de la obra para Saxofón Alto
"Trepidant" de Miguel Enrique de Tena Peris.
Trompeta:
Consistirá en la interpretación sin acompañamiento de piano de la "Sonata para Trompeta en Si
bemol" de Jean Hubeau.
Piano:
Consistirá en la interpretación de las "Variaciones sobre un tema de Schumann, op. 9" de
Johannes Brahms.
Lenguaje musical:
Consistirá en la entrega de una unidad didáctica dirigida a un alumnado de 1.º de Lenguaje
Musical y su exposición oral al Tribunal durante un máximo de 10 minutos.
El Tribunal podrá dar por finalizada la prueba de cada persona aspirante cuando estime oportuno. El/la
candidato/a preparará para el ejercicio la obra completa.
Finalizado el ejercicio, el Tribunal Calificador podrá formular preguntas sobre el mismo u otras cuestiones
pedagógicas a la persona aspirante para su contestación de forma oral.
◦ Segunda fase: Prueba médica.
Esta prueba tiene como objetivo garantizar la idoneidad física de las personas aspirantes para el ejercicio de las funciones a
desempeñar, y se realizará por el mismo número de aspirantes que plazas haya disponibles para cubrir, y que, a su vez,
hayan superado la primera fase del proceso selectivo por orden de mayor puntuación.
Las pruebas médicas serán realizadas por los Servicios Médicos del Ayuntamiento de Badajoz, una vez superada la primera
fase.
La realización del reconocimiento médico implica el consentimiento de los/as aspirantes para que los resultados del mismo
sean puestos a disposición del Tribunal Calificador a los fines expresados y sirvan de fundamento para la evaluación y
calificación de las mismas.
Se realizarán las pruebas clínicas, analíticas, complementarias o de otra clase que se consideren necesarias para la
comprobación del requisito exigido en la base tercera, apartado b).
◦ Tercera fase: Periodo de prácticas.
Una vez superada la segunda fase, los/as aspirantes se someterán a un período de prácticas de un mes, donde
desempeñarán las funciones propias del puesto al que aspiran, siendo evaluados por el/la jefe/a de departamento del
puesto vacante que hayan elegido; el/la cual tendrá en cuenta la actitud y aptitud del/la aspirante respecto al ejercicio de sus
funciones.
Durante el tiempo que los/as aspirantes realicen el periodo de prácticas, tendrán derecho a ser retribuidos/as, de
conformidad con las retribuciones legalmente previstas.
Las personas aspirantes que no superen esta fase por haber obtenido la calificación de "No apto/a·, perderán todos los
derechos a su contratación como personal laboral fijo.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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