Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (02034/2025)
Bases de la convocatoria para cubrir catorce (14) plazas de Bomberos, con carácter de personal funcionario de carrera, mediante concurso-oposición
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Ayuntamiento de Badajoz

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7.1.4. Prueba número 4.- Pruebas de vértigo.
Esta prueba será diseñada por el Tribunal Calificador en función de los medios técnicos
disponibles en la fecha de realización de la prueba.
Los aspirantes serán informados con la debida antelación del contenido de la prueba a realizar
y los criterios que se utilizarán para ser considerados como apto o no apto.
7.1.5. Prueba número 5.- Supuestos y problemas prácticos.
Consistirá en la resolución de los siguientes dos bloques:
Bloque 1.- Supuestos prácticos (2): Dicho bloque consistirá en la resolución de
dos supuestos prácticos. Cada uno de ellos planteará una situación de
intervención, sobre la cual se deberá responder a diez preguntas de respuestas
cortas y concretas. En ningún caso serán respuestas a desarrollar.
Bloque 2.- Problemas prácticos (2): Dicho bloque consistirá en la resolución de
dos problemas prácticos concretos relacionados con el trabajo de bombero que
requerirá el planteamiento del problema en base a los datos, desarrollo y
resolución de los cálculos.
El temario que ha de regir en estas pruebas es el que figura como anexo I de esta convocatoria.
En todo caso, deberá exigirse por el Tribunal de Selección la normativa vigente el día de la
finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
El tiempo disponible para la resolución de ambos ejercicios será de 120 minutos.
7.2. Finalizada y calificada cada prueba, el Tribunal hará público, en la página web municipal, relación de los
aspirantes que hayan superado la misma, con especificación de las puntuaciones obtenidas.
7.3. El resultado final de la fase número 1 de oposición vendrá determinado por la suma de las puntuaciones
de las pruebas 1, 2, 3 y 5, así como la valoración del apto o no apto de la prueba 4.
7.4. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal de Selección hará pública la relación de aspirantes que
hubieran superado la misma y con expresión de la puntuación total obtenida. Simultáneamente, el Tribunal
de Selección anunciará la apertura del plazo de 10 días hábiles para la presentación de los documentos
acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso, según se dispone en la base séptima,
fase número 2.
7.5. Fase número 2.- Fase de concurso.
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Su valoración se realizará una vez finalizada la fase de
oposición y solo se aplicará a los aspirantes que hayan superado esta. La valoración de los méritos no
supondrá más de un 40% de la puntuación máxima alcanzable en el proceso selectivo.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
A.- Titulaciones académicas. Hasta un máximo de 1 punto. No se puntuarán aquellas
titulaciones necesarias para la obtención de otra superior.
- Título de bachillerato o equivalente: 0,15 puntos.
- Título de ciclo formativo de grado superior o equivalente (técnico superior)
relacionado con las funciones y tareas a desarrollar en las plazas objeto de esta
convocatoria, así como con el temario anexo: 0,25 puntos.
- Título de Grado en Ingeniería, Arquitectura, Especialidades Sanitarias y
Educación Física, así como las diplomaturas equivalentes: 0,50 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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