Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (02082/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento del consejo local de infancia y adolescencia
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Ayuntamiento de Don Benito
Anuncio 2082/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Don Benito
Don Benito (Badajoz)
Anuncio 2082/2025
Aprobación definitiva del Reglamento del consejo local de infancia y adolescencia
APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA
Modificación del Reglamento del consejo local de infancia y adolescencia de Don Benito, aprobada por el Pleno del
Ayuntamiento de Don Benito, en sesión celebrada con fecha 31 de marzo de 2025 que, sustituirá al anteriormente aprobado
por el Pleno del Ayuntamiento de Don Benito en su sesión ordinaria del 23 de abril de 2018.
Exposición de motivos
El Pleno del Ayuntamiento de Don Benito acordó por unanimidad en su sesión del día 27 de marzo de 2017 la adhesión al
programa Ciudades Amigas de la Infancia, creado por UNICEF, con el propósito de promover la aplicación de la Convención
sobre los Derechos del Niño en el ámbito del municipio de Don Benito.
Una Ciudad Amiga de la Infancia es una ciudad en la que su sistema local de gobierno se compromete a respetar los
derechos de la infancia. Una ciudad donde la opinión, las necesidades, las prioridades y los derechos de la infancia forman
parte integrante de las políticas públicas.
Como muestra de este compromiso del Ayuntamiento de Don Benito, se considera necesario crear nuevos cauces de
participación de los niños, niñas y adolescentes en los asuntos municipales, con el fin de hacerles activamente partícipes de
las decisiones políticas que les pudieran afectar.
La constitución de un Consejo local de infancia y adolescencia, con naturaleza de consejo sectorial, con las particularidades
propias que debe tener su composición y su régimen de funcionamiento, supone establecer un nuevo cauce formal de
participación de niños, niñas y adolescentes en los asuntos públicos.
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 1. Naturaleza jurídica.
El Consejo local de infancia y adolescencia es un órgano de participación ciudadana del Ayuntamiento de Don Benito, con la
naturaleza de consejo sectorial, al amparo de lo establecido en los artículos 130 y 131 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales.
Artículo 2. Fines.
Como órgano de participación, el Consejo tiene como fines los siguientes:
a) Canalizar la participación de los niños, niñas y adolescentes en los asuntos municipales.
b) Desarrollar funciones de informe y propuesta en los asuntos relacionados con la infancia y la adolescencia.
Capítulo II. Funciones y composición
Artículo 3. Funciones.
Son funciones del Consejo Local de Infancia y Adolescencia las siguientes:
1. Ejercer de cauce de comunicación entre los niños, niñas y adolescentes del municipio y sus entidades
locales menores, y el resto de órganos del Ayuntamiento de Don Benito.
2. Proponer al equipo de gobierno local las medidas oportunas para garantizar el bienestar y el desarrollo de
los derechos de la infancia en el ámbito local, prestando especial atención a la infancia más vulnerable del
municipio.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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APROBACIÓN DEFINITIVA DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO LOCAL DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA
Modificación del Reglamento del consejo local de infancia y adolescencia de Don Benito, aprobada por el Pleno del
Ayuntamiento de Don Benito, en sesión celebrada con fecha 31 de marzo de 2025 que, sustituirá al anteriormente aprobado
por el Pleno del Ayuntamiento de Don Benito en su sesión ordinaria del 23 de abril de 2018.
Exposición de motivos
El Pleno del Ayuntamiento de Don Benito acordó por unanimidad en su sesión del día 27 de marzo de 2017 la adhesión al
programa Ciudades Amigas de la Infancia, creado por UNICEF, con el propósito de promover la aplicación de la Convención
sobre los Derechos del Niño en el ámbito del municipio de Don Benito.
Una Ciudad Amiga de la Infancia es una ciudad en la que su sistema local de gobierno se compromete a respetar los
derechos de la infancia. Una ciudad donde la opinión, las necesidades, las prioridades y los derechos de la infancia forman
parte integrante de las políticas públicas.
Como muestra de este compromiso del Ayuntamiento de Don Benito, se considera necesario crear nuevos cauces de
participación de los niños, niñas y adolescentes en los asuntos municipales, con el fin de hacerles activamente partícipes de
las decisiones políticas que les pudieran afectar.
La constitución de un Consejo local de infancia y adolescencia, con naturaleza de consejo sectorial, con las particularidades
propias que debe tener su composición y su régimen de funcionamiento, supone establecer un nuevo cauce formal de
participación de niños, niñas y adolescentes en los asuntos públicos.
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 1. Naturaleza jurídica.
El Consejo local de infancia y adolescencia es un órgano de participación ciudadana del Ayuntamiento de Don Benito, con la
naturaleza de consejo sectorial, al amparo de lo establecido en los artículos 130 y 131 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales.
Artículo 2. Fines.
Como órgano de participación, el Consejo tiene como fines los siguientes:
a) Canalizar la participación de los niños, niñas y adolescentes en los asuntos municipales.
b) Desarrollar funciones de informe y propuesta en los asuntos relacionados con la infancia y la adolescencia.
Capítulo II. Funciones y composición
Artículo 3. Funciones.
Son funciones del Consejo Local de Infancia y Adolescencia las siguientes:
1. Ejercer de cauce de comunicación entre los niños, niñas y adolescentes del municipio y sus entidades
locales menores, y el resto de órganos del Ayuntamiento de Don Benito.
2. Proponer al equipo de gobierno local las medidas oportunas para garantizar el bienestar y el desarrollo de
los derechos de la infancia en el ámbito local, prestando especial atención a la infancia más vulnerable del
municipio.
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