Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio (Badajoz). (02078/2025)
Bases de convocatoria para cubrir una plaza de Oficial de Obras, mediante sistema de concurso-oposición en turno libre
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Anuncio 2078/2025
al 33%, debiéndose acreditar esta circunstancia en el momento de presentación de la solicitud. La adaptación de tiempos
consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la realización de los ejercicios, y se llevará a cabo de conformidad con
lo dispuesto en la Orden PRE-1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de
tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. Una vez
analizadas las necesidades específicas de cada uno de los aspirantes, el Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas,
en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los solicitantes de adaptaciones de tiempo y/o medios gocen de
similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de aspirantes.
Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en el Registro general
de este Excmo. Ayuntamiento, en horas de oficina (de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes) o bien por la sede electrónica.
También podrán presentarse conforme a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común y adelantar posteriormente, dentro del plazo de presentación, copia de la solicitud, al
fax 924527978 o bien al correo electrónico personal personal@villafrancadelosbarros.es.
Las instancias presentadas a través de las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo, deberán ir en
sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de
presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro general de
este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la mencionada oficina.
Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de 20 días hábiles a contar del siguiente a aquel en que
aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen publicado
íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de la convocatoria también se publicará en el Diario
Oficial de Extremadura.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición de la
persona interesada.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en las presentes bases para la presentación de
solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo, sin
posibilidad de subsanación.
Derechos de examen: Para la admisión a las pruebas selectivas será obligatorio haber satisfecho los derechos de examen
dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante, sin posibilidad
de subsanación. En ningún caso la presentación del justificante de ingreso de los derechos de examen, supondría
sustitución del trámite de presentación de la solicitud en tiempo y forma.
Los derechos referidos se fijan en 15,00 euros atendiendo a la Ordenanza fiscal municipal reguladora de la tasa de los
derechos de examen (BOP de Badajoz número 31 de 14 de febrero de 2025) y se harán efectivos de cualquiera de las dos
formas siguientes:
Ingreso en el número de cuenta: BBVA ES55 0182 6031 6002 0939 7936. Debiendo figurar en el documento de pago
el concepto: "Pruebas selectivas Oficial de Obras", además de nombre, apellidos y DNI del aspirante.
Pago con tarjeta bancaria a través de nuestra página web en el enlace:
https://www.villafrancadelosbarros.es/services?category=tramites o bien dentro de la página siguiendo la ruta:
Tramites – Servicios -Trámites administrativos - Tasa derechos de examen. Siendo necesario para ello registrarse
previamente en la página e indicar como concepto: "Pruebas selectivas Oficial de Obras".
Exenciones y bonificaciones: Estarán exentos del pago de la tasa, aquellos solicitantes que acrediten, su condición de
desempleados en el momento de la publicación de la convocatoria, con la presentación del correspondiente informe del
periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo en vigor, junto con el informe de vida laboral expedido por la
Tesorería de la Seguridad Social.
Se fija una bonificación del 50% del importe de la tasa para aquellas personas que formen parte de familias numerosas que
tengan reconocidas tal condición, clasificadas de "categoría especial", de acuerdo al artículo 12 c) de la Ley 40/2003, de 18 de
noviembre, de Protección de Familia Numerosa o discapacitados en grado igual o superior al 33% y del 30% del importe de
la tasa para los miembros de familia numerosa que tengan reconocida la condición, clasificadas de "categoría general",
acreditándolo con certificado o fotocopia del carné vigente de familia numerosa, así como certificado de discapacidad en el
momento de presentación de la solicitud.
Tarifas
Tasa derecho a examen grupo V
Tarifa general
15,00 €
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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al 33%, debiéndose acreditar esta circunstancia en el momento de presentación de la solicitud. La adaptación de tiempos
consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la realización de los ejercicios, y se llevará a cabo de conformidad con
lo dispuesto en la Orden PRE-1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de
tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. Una vez
analizadas las necesidades específicas de cada uno de los aspirantes, el Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas,
en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los solicitantes de adaptaciones de tiempo y/o medios gocen de
similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de aspirantes.
Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en el Registro general
de este Excmo. Ayuntamiento, en horas de oficina (de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes) o bien por la sede electrónica.
También podrán presentarse conforme a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común y adelantar posteriormente, dentro del plazo de presentación, copia de la solicitud, al
fax 924527978 o bien al correo electrónico personal personal@villafrancadelosbarros.es.
Las instancias presentadas a través de las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo, deberán ir en
sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de
presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro general de
este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la mencionada oficina.
Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de 20 días hábiles a contar del siguiente a aquel en que
aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen publicado
íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de la convocatoria también se publicará en el Diario
Oficial de Extremadura.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición de la
persona interesada.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en las presentes bases para la presentación de
solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo, sin
posibilidad de subsanación.
Derechos de examen: Para la admisión a las pruebas selectivas será obligatorio haber satisfecho los derechos de examen
dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante, sin posibilidad
de subsanación. En ningún caso la presentación del justificante de ingreso de los derechos de examen, supondría
sustitución del trámite de presentación de la solicitud en tiempo y forma.
Los derechos referidos se fijan en 15,00 euros atendiendo a la Ordenanza fiscal municipal reguladora de la tasa de los
derechos de examen (BOP de Badajoz número 31 de 14 de febrero de 2025) y se harán efectivos de cualquiera de las dos
formas siguientes:
Ingreso en el número de cuenta: BBVA ES55 0182 6031 6002 0939 7936. Debiendo figurar en el documento de pago
el concepto: "Pruebas selectivas Oficial de Obras", además de nombre, apellidos y DNI del aspirante.
Pago con tarjeta bancaria a través de nuestra página web en el enlace:
https://www.villafrancadelosbarros.es/services?category=tramites o bien dentro de la página siguiendo la ruta:
Tramites – Servicios -Trámites administrativos - Tasa derechos de examen. Siendo necesario para ello registrarse
previamente en la página e indicar como concepto: "Pruebas selectivas Oficial de Obras".
Exenciones y bonificaciones: Estarán exentos del pago de la tasa, aquellos solicitantes que acrediten, su condición de
desempleados en el momento de la publicación de la convocatoria, con la presentación del correspondiente informe del
periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo en vigor, junto con el informe de vida laboral expedido por la
Tesorería de la Seguridad Social.
Se fija una bonificación del 50% del importe de la tasa para aquellas personas que formen parte de familias numerosas que
tengan reconocidas tal condición, clasificadas de "categoría especial", de acuerdo al artículo 12 c) de la Ley 40/2003, de 18 de
noviembre, de Protección de Familia Numerosa o discapacitados en grado igual o superior al 33% y del 30% del importe de
la tasa para los miembros de familia numerosa que tengan reconocida la condición, clasificadas de "categoría general",
acreditándolo con certificado o fotocopia del carné vigente de familia numerosa, así como certificado de discapacidad en el
momento de presentación de la solicitud.
Tarifas
Tasa derecho a examen grupo V
Tarifa general
15,00 €
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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