Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Sancti-Spiritus. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02011/2025)
Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización del gimnasio municipal
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Sancti-Spiritus

Anuncio 2011/2025

la tarjeta de usuario.
3. Constituyen infracciones muy graves:
a. Causar daños tanto en el continente (instalación) como en el contenido de la misma (material disponible
para el uso de todos).
b. Sustraer material del gimnasio.
La infracción regulada en el apartado a) y b) del presente apartado a dará lugar a la obligación de reintegro del coste total de
la reparación o reconstrucción o material sustraído, así como la imposibilidad de utilizar cualquier instalación deportiva
municipal durante un año a partir de la realización de la infracción.
4. Si los daños fuesen irreparables, la indemnización a la que se refiere el párrafo anterior consistirá en una suma de dinero
igual al valor de los bienes destruidos.
Disposición final.La presente Ordenanza entrara en vigor el día después de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo
en vigor en tanto no se acuerde su modificación o su derogación expresa y transcurra el plazo de quince días de su remisión
al Estado y la Comunidad Autónoma.
Contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar
desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En Sancti-Spiritus, a fecha de la firma digital.- La Teniente de Alcalde, Luisa María Ambohades Herrero.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 5 de 6