Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera la Real. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (02003/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interior del Programa de formación y empleo ESCALA
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Higuera la Real
Anuncio 2003/2025
Descansos: Se establece un descanso de 5 m en los tramos horarios asignados (cambios de clases).
Los descansos necesariamente se realizarán en los intervalos de horarios previstos.
Se establece un descanso de 30 minutos que comenzará a las 10:30h y finalizará a las 11:00h.
El alumnado trabajador del proyecto deberá firmar en los partes de asistencia elaborados por la misma, a la entrada o a la
salida de la jornada diaria, con independencia de donde se realice, reservándose la dirección el derecho a hacer circular un
nuevo parte de firmas a lo largo de la jornada laboral si así lo ve conveniente.
Artículo 6. Calendario laboral.
Será el dictado por la entidad promotora del proyecto. Para el año 2025, se establecen 2 días de fiesta local: 15 y 16 de
septiembre de 2025.
Artículo 7. Descanso semanal.
El alumnado trabajador, equipo técnico, directivo y docente tendrá derecho a un descanso semanal de 2 días
comprendiendo sábados y domingo, a no ser que las necesidades del servicio precisen de realizar trabajos sábados,
domingos y festivos, en cuyo caso, las horas trabajadas serán compensadas según se regula en el presente Reglamento.
Artículo 8. Vacaciones.
El alumnado trabajador, equipo técnico, directivo y docente tendrá derecho a vacaciones retribuidas con un total de 22 días
hábiles anuales por año de trabajo.
Artículo 9. Ausencias, permisos y licencias.
Las faltas de asistencia al proyecto podrán ser justificadas o no justificadas. La acumulación de estas últimas será objeto de
sanción disciplinaria.
1. Faltas justificadas: Son aquellas que tienen su origen en circunstancias independientes y ajenas a la
voluntad del alumnado trabajador, personal técnico, docente y directivo que le impidan acudir al proyecto. Se
estará a lo establecido en la legislación Vigente en la materia.
2. Faltas no justificadas: Son todas aquellas que no se encuentran en el apartado anterior, o que, estándolo,
no se acreditan documentalmente de la forma debida. Las faltas no justificadas conllevarán, además de las
medidas disciplinarias que procedan, la deducción proporcional de haberes.
3. Faltas de puntualidad: Se considerará falta de asistencia no justificada todo retraso o ausencia, que exceda
de 20 minutos, en el transcurso de la jornada lectiva, y no esté debidamente justificado. El hecho de incurrir
una persona participante en más de tres faltas de asistencia no justificadas en un mismo mes supondrá la
exclusión automática de la persona participante, teniendo tres días hábiles de plazo para la justificación de la
ausencia ante la entidad promotora.
4. Causas de expulsión del proyecto: No seguir con aprovechamiento las mencionadas enseñanzas que
permita la inserción a través de la profesionalización y adquisición de experiencias de los participantes.
Incurrir en tres faltas no justificadas en un mes o cinco faltas de asistencia no justificadas en toda la etapa,
teniendo tres días hábiles de plazo para la justificación de a ausencia ante la entidad promotora.
5. Ausencias previstas: Las ausencias deberán ser comunicadas con al menos 24 horas de antelación al
proyecto, indicando el motivo, la fecha y la duración prevista. Asimismo, se justificará convenientemente en el
momento que se acuda al proyecto.
6. Ausencias imprevistas:
Por motivos de salud: Se deberá comunicar al proyecto ESCALA su ausencia por enfermedad el mismo
día en que se produzca. Si la ausencia no ocupa toda la jornada, por tratarse únicamente de acudir a
consulta médica, el alumno trabajador pedirá permiso su monitor/a y/o Director/a aportando la cita
previa. Cuando se incorpore, entregará en la dirección del proyecto el justificante médico con fecha y
hora debidamente firmado y sellado. El tiempo máximo autorizado de ausencia será el necesario para
ser atendido.
El alumno trabajador deberá comunicar su ausencia lo antes posible el mismo día en que se produzca,
indicando motivo y duración prevista. Asimismo, se justificará convenientemente en el momento que
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Descansos: Se establece un descanso de 5 m en los tramos horarios asignados (cambios de clases).
Los descansos necesariamente se realizarán en los intervalos de horarios previstos.
Se establece un descanso de 30 minutos que comenzará a las 10:30h y finalizará a las 11:00h.
El alumnado trabajador del proyecto deberá firmar en los partes de asistencia elaborados por la misma, a la entrada o a la
salida de la jornada diaria, con independencia de donde se realice, reservándose la dirección el derecho a hacer circular un
nuevo parte de firmas a lo largo de la jornada laboral si así lo ve conveniente.
Artículo 6. Calendario laboral.
Será el dictado por la entidad promotora del proyecto. Para el año 2025, se establecen 2 días de fiesta local: 15 y 16 de
septiembre de 2025.
Artículo 7. Descanso semanal.
El alumnado trabajador, equipo técnico, directivo y docente tendrá derecho a un descanso semanal de 2 días
comprendiendo sábados y domingo, a no ser que las necesidades del servicio precisen de realizar trabajos sábados,
domingos y festivos, en cuyo caso, las horas trabajadas serán compensadas según se regula en el presente Reglamento.
Artículo 8. Vacaciones.
El alumnado trabajador, equipo técnico, directivo y docente tendrá derecho a vacaciones retribuidas con un total de 22 días
hábiles anuales por año de trabajo.
Artículo 9. Ausencias, permisos y licencias.
Las faltas de asistencia al proyecto podrán ser justificadas o no justificadas. La acumulación de estas últimas será objeto de
sanción disciplinaria.
1. Faltas justificadas: Son aquellas que tienen su origen en circunstancias independientes y ajenas a la
voluntad del alumnado trabajador, personal técnico, docente y directivo que le impidan acudir al proyecto. Se
estará a lo establecido en la legislación Vigente en la materia.
2. Faltas no justificadas: Son todas aquellas que no se encuentran en el apartado anterior, o que, estándolo,
no se acreditan documentalmente de la forma debida. Las faltas no justificadas conllevarán, además de las
medidas disciplinarias que procedan, la deducción proporcional de haberes.
3. Faltas de puntualidad: Se considerará falta de asistencia no justificada todo retraso o ausencia, que exceda
de 20 minutos, en el transcurso de la jornada lectiva, y no esté debidamente justificado. El hecho de incurrir
una persona participante en más de tres faltas de asistencia no justificadas en un mismo mes supondrá la
exclusión automática de la persona participante, teniendo tres días hábiles de plazo para la justificación de la
ausencia ante la entidad promotora.
4. Causas de expulsión del proyecto: No seguir con aprovechamiento las mencionadas enseñanzas que
permita la inserción a través de la profesionalización y adquisición de experiencias de los participantes.
Incurrir en tres faltas no justificadas en un mes o cinco faltas de asistencia no justificadas en toda la etapa,
teniendo tres días hábiles de plazo para la justificación de a ausencia ante la entidad promotora.
5. Ausencias previstas: Las ausencias deberán ser comunicadas con al menos 24 horas de antelación al
proyecto, indicando el motivo, la fecha y la duración prevista. Asimismo, se justificará convenientemente en el
momento que se acuda al proyecto.
6. Ausencias imprevistas:
Por motivos de salud: Se deberá comunicar al proyecto ESCALA su ausencia por enfermedad el mismo
día en que se produzca. Si la ausencia no ocupa toda la jornada, por tratarse únicamente de acudir a
consulta médica, el alumno trabajador pedirá permiso su monitor/a y/o Director/a aportando la cita
previa. Cuando se incorpore, entregará en la dirección del proyecto el justificante médico con fecha y
hora debidamente firmado y sellado. El tiempo máximo autorizado de ausencia será el necesario para
ser atendido.
El alumno trabajador deberá comunicar su ausencia lo antes posible el mismo día en que se produzca,
indicando motivo y duración prevista. Asimismo, se justificará convenientemente en el momento que
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