Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Dirección de la Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (01960/2025)
Bases de la convocatoria de oferta de plazas de residencia (alojamiento y manutención) en la residencia universitaria "Hernán Cortés" para el curso 2025-2026
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Cultura, Deportes y Juventud

Anuncio 1960/2025

Las listas de espera, diferenciadas entre hombres y mujeres, se ordenarán por la puntuación obtenida según el baremo
establecido en el apartado segundo de la base 6.
La notificación de la resolución de adjudicación de plazas se realizará a través de la publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, así como en la página web de la Residencia Universitaria "Hernán Cortés"
(http://ruhc.dip-badajoz.es).
La resolución dictada por el Diputado del Área de Cultura, Deporte y Juventud adjudicando las plazas ofertadas pone fin a la
vía administrativa, pudiendo interponerse contra las mismas recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos
previstos por Ley Reguladora de dicha jurisdicción y, potestativamente, recurso de reposición conforme a lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En situación de empate en la puntuación de baremación obtenida, se utilizarán como criterios de desempate los siguientes:
1.º Mayor nota media en el expediente académico.
2.º Menor renta per cápita.
3.º Mayor distancia de su localidad de residencia a la ciudad de Badajoz.
Base 8.- Renuncia a la plaza.
La renuncia a la plaza por cualquiera de las personas que resulten adjudicatarias, tanto antes de iniciar el curso académico
como durante el mismo, se realizará conforme al siguiente procedimiento:
1. Recibida por escrito la renuncia de la plaza, conforme al anexo IV, se ofrecerá la misma al o la siguiente en
la lista de espera que corresponda, de acuerdo con el sexo de la persona que renuncie. Se le avisará
telefónicamente y por correo electrónico de la publicación en la página web de la Residencia de su condición
de beneficiario o beneficiaria, disponiendo de un plazo de dos días hábiles para confirmar por escrito su
aceptación, que deberá presentar conforme al anexo V de esta convocatoria, registrando la misma y
adelantándola por correo electrónico a la Residencia Universitaria Hernán Cortés. En caso que la persona
beneficiaria a quién corresponda el puesto en la lista no comunicara en el plazo establecido su aceptación de
la plaza, se le entenderá desistido de su solicitud, procediéndose automáticamente a actualizar la
correspondiente lista.
2. Las listas de personas beneficiarias o alumnado con plaza se actualizarán en función de las aceptaciones y
renuncias que se produzcan, publicándose en la web de la Residencia Universitaria (http://ruhc.dipbadajoz.es).
Base 9.- Actuaciones posteriores a la resolución.
Una vez publicada la relación de solicitantes admitidos establecida en los artículos anteriores, las personas beneficiarias
abonarán, en el plazo de cinco días hábiles, la cantidad de 200,00 euros en concepto de fianza por reserva de plaza y para
cubrir los posibles desperfectos ocasionados en las dependencias de la residencia conforme al anexo VI, que se presentará
acompañado del justificante de ingreso bancario en la sede electrónica (base 5.2).
El ingreso de la fianza se realizará en la cuenta ES03 3009 0001 2025 4550 4629.
Se
presentará
el
alta
de
terceros
correspondiente:
https://www.dip-badajoz.es/toolsphp/descarga.php?fr=4&id=oia/20210706135914_f.pdfy
certificación
bancaria
correspondiente: https://www.dip-badajoz.es/toolsphp/descarga.php?fr=4&id=oia/20200730134731_f.pdf
En el supuesto de que los beneficiarios hubieran sido residentes en el curso anterior y tuvieran derecho a la devolución de la
garantía constituida, podrán solicitar dentro del mismo plazo establecido en el párrafo anterior la compensación a efectos
de la constitución de la garantía exigida en la presente convocatoria; para ello deberán presentar el anexo VII (Solicitud de
compensación de garantía), requisito imprescindible para poder proceder a la compensación solicitada.
La fianza se devolverá al finalizar el curso académico, salvo que la petición de devolución esté motivada por no obtener
plaza en la facultad o escuela universitaria donde pretendiera matricularse el o la solicitante y se viera en la obligación de
seguir estudios en centros de fuera de Badajoz. En tal supuesto, y previa acreditación de aquellos extremos, se reintegrará la
totalidad del importe correspondiente, para lo cual será necesaria la presentación de declaración responsable por el o la
beneficiaria, conforme al anexo VIII, en la que declara no haber obtenido plaza en la facultad o escuela universitaria de
Badajoz, y que dispone de la documentación que así lo acredita que pondrá a disposición de la Administración cuando le sea
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 9 de 19