Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio de Dirección de la Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (01960/2025)
Bases de la convocatoria de oferta de plazas de residencia (alojamiento y manutención) en la residencia universitaria "Hernán Cortés" para el curso 2025-2026
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Área de Cultura, Deportes y Juventud

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1,17 para las calificaciones de estudios de Medicina, Arquitectura e Ingeniería.
1,11 para las calificaciones de estudios de Ciencias y Ciencias de la Salud.
1,05 para las calificaciones de estudios de Arte, Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas.
c) Por participación en las actividades socioculturales programadas y actividades formativas complementarias (AFC).
Los residentes del curso 2024-2025 que hubieran participado en estas actividades podrán obtener hasta un máximo de 3
puntos.
Es requisito indispensable para poder optar a esta valoración por participación en actividades voluntarias haber asistido a
un mínimo de 4 actividades obligatorias.
Base 7.- Instrucción y resolución.
1. Instrucción.
La gestión e instrucción de los expedientes se llevará a cabo por la Dirección de la residencia universitaria Hernán Cortés,
que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los
datos a valorar, en un plazo de 20 días hábiles desde el fin del período de exámenes de la convocatoria de julio de la
Universidad de Extremadura (del 16 de junio al 4 de julio de 2025) y para la defensa de TFG y TFM, hasta la convocatoria de
junio (del 25 de junio al 21 de julio de 2025).
Analizada la totalidad de la documentación presentada, incluyendo aquella que subsane los defectos observados en la
inicial, el órgano instructor elaborará un informe motivado sobre las solicitudes presentadas. Este informe especificará las
solicitudes excluidas y las causas de exclusión, así como la valoración de todas las solicitudes que no resulten excluidas,
conforme a los baremos recogidos en la base séptima.
Se diferenciará entre los solicitantes con acceso directo y los solicitantes de nuevo ingreso, separados por sexo y ordenados
los últimos según puntuación decreciente. Dicho informe, junto con el certificado expedido por el Secretario General
acreditativo de las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido en la convocatoria, se elevará a la Comisión de
Valoración encargada de su valoración definitiva y de la propuesta de resolución, y que estará conformada por:
• Presidencia: La Dirección del Área de Cultura, Deporte y Juventud.
• Vocales:
La Dirección Residencia Universitaria Hernán Cortés, o persona en quien delegue.
La Subdirección de Administración y Gestión de la Residencia Universitaria Hernán Cortés o persona
en quien delegue.
Funcionario o funcionaria de carrera de Administración de la Residencia Universitaria Hernán Cortés o
persona en quien delegue.
La Intervención General o persona en quien delegue.
La Secretaría General o persona en quien delegue.
• Secretario o Secretaria:
Funcionario o funcionaria de carrera del Área de Cultura, Deportes y Juventud.
Esta Comisión analizará la propuesta presentada por la Dirección de la Residencia, junto con las diversas solicitudes, y
propondrá de forma motivada y conforme a los criterios recogidos en la base 6 de esta convocatoria la adjudicación de las
plazas, elevando, a través de su Presidencia la propuesta de resolución del Diputado del Área de Cultura, Deportes y
Juventud.
2. Resolución.
El órgano competente para la resolución es el Diputado del Área de Cultura, Deporte y Juventud (decreto de reordenación de
Áreas Funcionales y Delegaciones de la Corporación Provincial de 10 de abril de 2024, publicado en el BOP de 11 de abril de
2024), que emitirá resolución motivada en el plazo máximo de 3 meses naturales a contar desde la fecha de finalización de
presentación de solicitudes. Transcurrido el plazo anterior sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, se
entenderá desestimado por silencio administrativo.
La resolución incluirá en anexos individualizados la relación de las personas beneficiarias desagregadas por sexo, así como
las correspondientes listas de espera, y hará constar, en su caso, de manera expresa, la desestimación motivada del resto de
las solicitudes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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