Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios La Serena (Castuera). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01970/2025)
Acuerdo de prestación de servicio de RSU entre la Mancomunidad y Ayuntamiento de Cabeza del Buey
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Mancomunidad de Municipios La Serena
Anuncio 1970/2025
12. El Ayuntamiento de Cabeza del Buey, asumirá, participará y colaborará en la medida que le corresponda
en función de su población, del número de usuarios del servicio o de los residuos que genere dentro del plan
de inversiones en vigor de la Mancomunidad de la Serena o los que se apruebe en la misma a través de sus
órganos de gobierno.
13. Los costes que asumirá el Ayuntamiento de Cabeza del Buey son los de la gestión tributaria del padrón, y
los costes de tratamiento de residuos y el impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos o cualquier
figura impositiva que grave a los mismos y que no se haya pactado su gestión a través de la Mancomunidad
de Municipios de la Serena. Estos costes no los asumirá el municipio si llega a incorporarse íntegramente
dentro de la tasa fiscal de la recogida de residuos sólidos urbanos de la Mancomunidad de la Serena.
14. El Ayuntamiento de Cabeza del Buey recabará el consentimiento de los usuarios a efectos de la
legitimación de datos contemplada en la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos de Carácter Personal y
garantía de los derechos digitales.
Tercera.- Potestades de la Mancomunidad de Municipios de la Serena.
La Mancomunidad de Municipios de la Serena, de acuerdo al presente Convenio detenta las siguientes potestades:
1.º.- Realizar la recogida de los residuos sólidos urbanos en el municipio de Cabeza del Buey con las mismas
prestaciones que realiza a los municipios integrados en la tasa fiscal de residuos sólidos urbanos de la
Mancomunidad de la Serena.
2.º.- A dotar de los medios necesarios tanto humanos como mecánico para prestar el servicio de recogida de
residuos sólidos urbanos con calidad y eficiencia en el mismo.
3.º.- A asumir y posteriormente renovar durante el año 2025 el vehículo de recogida de residuos sólidos
urbanos que actualmente realiza la recogida de la fracción mezcla en el municipio.
4.º.- A asumir durante la duración del presente Convenio la plantilla de trabajadores del servicio de recogida
de residuos sólidos urbanos que opera en la actualidad en el municipio de Cabeza del Buey, formado por un
conductor de vehículos con carnet de conducir categoría C y certificado de aptitud profesional en vigor, y un
operario. Tras la suspensión o finalización del Convenio el personal incorporado pasará nuevamente al
servicio municipal, no recayendo en la Mancomunidad de Municipios de la Serena ninguna obligación con
respecto de los trabajadores implicados.
5.º.- La Mancomunidad de Municipios de la Serena asumirá los costes de personal, alquileres, telefonía,
gestión de flota de los vehículos, electricidad de las instalaciones propias, Itv de los vehículos, mantenimiento
y reparación de los vehículos, combustible necesario, equipos de protección individual, productos de limpieza,
seguros, costes de tratamiento de los gestores autorizados de los residuos que realice la retirada, campañas
de comunicación y sensibilización, indemnización por gastos de desplazamiento y manutención de los
trabajadores, costes finacieros necesarios para realizar las inversiones de los vehículos y la reposición de
contenedores, así como del personal necesario para los actos de representación, de gestión y administrativos
necesarios para la correcta prestación del servicio.
6.º.- A materializar las renovaciones de vehículos aprobadas por el plan de inversiones de la Mancomunidad
de la Serena 2024-2031.
7.º.- A realizar un estudio económico del coste del servicio para fundamentar y en su caso proponer la
actualización de la tasa fiscal en vigor que tenga cada municipio y las aportaciones de estos a la
Mancomunidad.
8.º.- A informar al Ayuntamiento de Cabeza del Buey sobre la logística de la prestación del servicio,
incidencias, horarios o cualquier modificación o alteración en la planificación de cualquiera de las fracciones
de los residuos sólidos urbanos que se recogen o del servicio de lavado de contenedores.
9.º.- A informar, colaborar y proponer alteraciones en la ubicación de los contenedores, accesibilidad de los
mismos y hacia los mismos.
10.º.- A colaborar con los servicios policiales del Ayuntamiento sobre las incidencias o necesidades que se
detecten o surjan en el desempeño del servicio y la aplicación de la normativa en materia de residuos en
vigor.
11.º.- A asumir y gestionar y cobrar íntegramente el padrón de usuarios del servicio de residuos sólidos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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12. El Ayuntamiento de Cabeza del Buey, asumirá, participará y colaborará en la medida que le corresponda
en función de su población, del número de usuarios del servicio o de los residuos que genere dentro del plan
de inversiones en vigor de la Mancomunidad de la Serena o los que se apruebe en la misma a través de sus
órganos de gobierno.
13. Los costes que asumirá el Ayuntamiento de Cabeza del Buey son los de la gestión tributaria del padrón, y
los costes de tratamiento de residuos y el impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos o cualquier
figura impositiva que grave a los mismos y que no se haya pactado su gestión a través de la Mancomunidad
de Municipios de la Serena. Estos costes no los asumirá el municipio si llega a incorporarse íntegramente
dentro de la tasa fiscal de la recogida de residuos sólidos urbanos de la Mancomunidad de la Serena.
14. El Ayuntamiento de Cabeza del Buey recabará el consentimiento de los usuarios a efectos de la
legitimación de datos contemplada en la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos de Carácter Personal y
garantía de los derechos digitales.
Tercera.- Potestades de la Mancomunidad de Municipios de la Serena.
La Mancomunidad de Municipios de la Serena, de acuerdo al presente Convenio detenta las siguientes potestades:
1.º.- Realizar la recogida de los residuos sólidos urbanos en el municipio de Cabeza del Buey con las mismas
prestaciones que realiza a los municipios integrados en la tasa fiscal de residuos sólidos urbanos de la
Mancomunidad de la Serena.
2.º.- A dotar de los medios necesarios tanto humanos como mecánico para prestar el servicio de recogida de
residuos sólidos urbanos con calidad y eficiencia en el mismo.
3.º.- A asumir y posteriormente renovar durante el año 2025 el vehículo de recogida de residuos sólidos
urbanos que actualmente realiza la recogida de la fracción mezcla en el municipio.
4.º.- A asumir durante la duración del presente Convenio la plantilla de trabajadores del servicio de recogida
de residuos sólidos urbanos que opera en la actualidad en el municipio de Cabeza del Buey, formado por un
conductor de vehículos con carnet de conducir categoría C y certificado de aptitud profesional en vigor, y un
operario. Tras la suspensión o finalización del Convenio el personal incorporado pasará nuevamente al
servicio municipal, no recayendo en la Mancomunidad de Municipios de la Serena ninguna obligación con
respecto de los trabajadores implicados.
5.º.- La Mancomunidad de Municipios de la Serena asumirá los costes de personal, alquileres, telefonía,
gestión de flota de los vehículos, electricidad de las instalaciones propias, Itv de los vehículos, mantenimiento
y reparación de los vehículos, combustible necesario, equipos de protección individual, productos de limpieza,
seguros, costes de tratamiento de los gestores autorizados de los residuos que realice la retirada, campañas
de comunicación y sensibilización, indemnización por gastos de desplazamiento y manutención de los
trabajadores, costes finacieros necesarios para realizar las inversiones de los vehículos y la reposición de
contenedores, así como del personal necesario para los actos de representación, de gestión y administrativos
necesarios para la correcta prestación del servicio.
6.º.- A materializar las renovaciones de vehículos aprobadas por el plan de inversiones de la Mancomunidad
de la Serena 2024-2031.
7.º.- A realizar un estudio económico del coste del servicio para fundamentar y en su caso proponer la
actualización de la tasa fiscal en vigor que tenga cada municipio y las aportaciones de estos a la
Mancomunidad.
8.º.- A informar al Ayuntamiento de Cabeza del Buey sobre la logística de la prestación del servicio,
incidencias, horarios o cualquier modificación o alteración en la planificación de cualquiera de las fracciones
de los residuos sólidos urbanos que se recogen o del servicio de lavado de contenedores.
9.º.- A informar, colaborar y proponer alteraciones en la ubicación de los contenedores, accesibilidad de los
mismos y hacia los mismos.
10.º.- A colaborar con los servicios policiales del Ayuntamiento sobre las incidencias o necesidades que se
detecten o surjan en el desempeño del servicio y la aplicación de la normativa en materia de residuos en
vigor.
11.º.- A asumir y gestionar y cobrar íntegramente el padrón de usuarios del servicio de residuos sólidos
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