Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01932/2025)
Bases reguladoras para la provisión de Jefe/a Oficina de Artes Escénicas, en régimen laboral de carácter especial, como personal de alta dirección
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Anuncio 1932/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Badajoz
Anuncio 1932/2025
Bases reguladoras para la provisión de Jefe/a Oficina de Artes Escénicas, en régimen laboral de carácter especial, como
personal de alta dirección
Por el Sr. Vicepresidente Tercero y Diputado Delegado del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior de la Diputación
de Badajoz, por delegación del Sr. Presidente, ha dictado resolución con fecha 16 de mayo de 2025, cuyo tenor literal es el
siguiente:
"Decreto: En Badajoz, a fecha de la firma.
Visto el Reglamento Orgánico de la Diputación Provincial de Badajoz, cuyo texto consolidado fue publicado en el Boletín
Oficial de la Provincia número 179, de fecha 19 de septiembre de 2019, el artículo 28, relativo a la designación del personal
directivo, establece que:
"1. La designación del personal directivo deberá efectuarse entre funcionarios de carrera o personal
estatutario del Estado, de las comunidades autónomas, de las entidades locales o funcionarios de
Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, a los que se exija para su ingreso el título
universitario de grado o equivalente (doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente) y pertenecientes
al grupo A; salvo que el Pleno permita que, en atención a las características específicas del puesto directivo, su
titular no reúna dicha condición de funcionario sino la de personal laboral de alta dirección. En este caso, los
nombramientos habrán de efectuarse motivadamente, de acuerdo con los criterios de competencia
profesional y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada, y
con respeto a los demás principios y criterios exigidos legalmente.
2. Su designación, que será discrecional, atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de
idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimiento que garanticen la publicidad y concurrencia. La
cobertura de cada puesto directivo profesional, irá precedida de una convocatoria pública en el Boletín Oficial
de la Provincia, en la que se fijen el perfil del puesto directivo objeto de la misma, y los requisitos exigidos
para el desempeño del puesto, así como las funciones inherentes al mismo...".
De conformidad con lo establecido en el artículo 32 bis de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público y el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, que regula la Relación de Carácter
Especial del Personal de alta dirección, así como lo estipulado en la Relación de Puestos de Trabajo correspondiente.
En ejercicio de las competencias y funciones recogidas en los artículos 34.1g) y 34.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local.
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar la convocatoria pública para la cobertura del puesto de Jefe/a Oficina Artes Escénicas
reservado a alta dirección, con naturaleza laboral de personal de alta dirección.
Segundo.- Aprobar las bases que han de regir dicho procedimiento de selección, siendo las mismas las
siguientes:
BASES REGULADORAS PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO DE JEFE/A OFICINA DE ARTES ESCÉNICAS DEL ÁREA DE
CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ, EN RÉGIMEN LABORAL DE CARÁCTER ESPECIAL,
PERSONAL DE ALTA DIRECCIÓN
Primera.- Objeto de la convocatoria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Diputación de Badajoz
Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Badajoz
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Bases reguladoras para la provisión de Jefe/a Oficina de Artes Escénicas, en régimen laboral de carácter especial, como
personal de alta dirección
Por el Sr. Vicepresidente Tercero y Diputado Delegado del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior de la Diputación
de Badajoz, por delegación del Sr. Presidente, ha dictado resolución con fecha 16 de mayo de 2025, cuyo tenor literal es el
siguiente:
"Decreto: En Badajoz, a fecha de la firma.
Visto el Reglamento Orgánico de la Diputación Provincial de Badajoz, cuyo texto consolidado fue publicado en el Boletín
Oficial de la Provincia número 179, de fecha 19 de septiembre de 2019, el artículo 28, relativo a la designación del personal
directivo, establece que:
"1. La designación del personal directivo deberá efectuarse entre funcionarios de carrera o personal
estatutario del Estado, de las comunidades autónomas, de las entidades locales o funcionarios de
Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, a los que se exija para su ingreso el título
universitario de grado o equivalente (doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente) y pertenecientes
al grupo A; salvo que el Pleno permita que, en atención a las características específicas del puesto directivo, su
titular no reúna dicha condición de funcionario sino la de personal laboral de alta dirección. En este caso, los
nombramientos habrán de efectuarse motivadamente, de acuerdo con los criterios de competencia
profesional y experiencia en el desempeño de puestos de responsabilidad en la gestión pública o privada, y
con respeto a los demás principios y criterios exigidos legalmente.
2. Su designación, que será discrecional, atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de
idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimiento que garanticen la publicidad y concurrencia. La
cobertura de cada puesto directivo profesional, irá precedida de una convocatoria pública en el Boletín Oficial
de la Provincia, en la que se fijen el perfil del puesto directivo objeto de la misma, y los requisitos exigidos
para el desempeño del puesto, así como las funciones inherentes al mismo...".
De conformidad con lo establecido en el artículo 32 bis de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público y el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, que regula la Relación de Carácter
Especial del Personal de alta dirección, así como lo estipulado en la Relación de Puestos de Trabajo correspondiente.
En ejercicio de las competencias y funciones recogidas en los artículos 34.1g) y 34.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local.
HE RESUELTO:
Primero.- Aprobar la convocatoria pública para la cobertura del puesto de Jefe/a Oficina Artes Escénicas
reservado a alta dirección, con naturaleza laboral de personal de alta dirección.
Segundo.- Aprobar las bases que han de regir dicho procedimiento de selección, siendo las mismas las
siguientes:
BASES REGULADORAS PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO DE JEFE/A OFICINA DE ARTES ESCÉNICAS DEL ÁREA DE
CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ, EN RÉGIMEN LABORAL DE CARÁCTER ESPECIAL,
PERSONAL DE ALTA DIRECCIÓN
Primera.- Objeto de la convocatoria.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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