Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01925/2025)
Aprobación definitiva de un protocolo general de actuación ante situaciones de riesgo para la salud pública en viviendas y locales
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena
Anuncio 1925/2025
7. Nueva visita de inspección para comprobar si se ha producido la limpieza del inmueble, con emisión del
correspondiente informe, en el que se dejará constancia, en su caso, de la negativa a que se acceda al
domicilio.
8. En el caso de que no se hayan llevado a cabo las actuaciones requeridas, se dictará resolución indicando
que el Ayuntamiento procederá a la ejecución subsidiaria de las tareas de limpieza y desinfección, en caso de
incumplimiento.
9. Intervención, si procede, de la concejalía delegada de Salud Pública al objeto de realizar la desinfección y
desinsectación del inmueble.
6.2. Servicios municipales de limpieza y otros servicios operativos.
El servicio municipal de limpieza realizará por sí o por empresa contratada al efecto las gestiones precisas
para la limpieza del inmueble y la retirada de basuras y enseres.
Deberá coordinar la entrada al domicilio para ejecutar la orden de limpieza con el Servicio Social de Atención
Social Básica, la Policía Local y los Bomberos y, en su caso, con otros servicios operativos.
Remitirá informe de sus actuaciones a la concejalía delegada de Salud Pública.
Previo informe de la concejalía delegada de Salud Pública, gestionará el cobro de las labores efectuadas.
La coordinación de estas funciones se llevará a cabo por la concejalía delegada de Salud Pública.
6.3. Servicio Social de Atención Social Básica.
Se centrará en la atención de la problemática social de las personas residentes en el inmueble mediante:
1. La detección de casos.
2. La apertura de un expediente familiar y el inicio del proceso de intervención común (estudio,
diagnóstico y movilización de recursos).
3. El seguimiento de la unidad familiar afectada, del expediente familiar, y el estudio y
aplicación de medidas personales y económicas.
4. La coordinación, si procede, con los servicios sanitarios y sociales de la Administración
autonómica.
5. Facilitará a la Asesoría Jurídica municipal la información requerida para la solicitud de las
autorizaciones pertinentes al Juzgado.
6. Colaborará en la entrada en el inmueble y en el desalojo de las personas.
En los casos en que proceda, valorará la situación económica de la unidad de convivencia para hacer frente a
la ejecución subsidiaria de las tareas de limpieza y desinfección.
6.4. Asesoría Jurídica municipal.
Las actuaciones o comunicaciones que se insten o dirijan a los órganos jurisdiccionales con competencias en
la materia deberán ser cursadas, en todo caso, a través de la Asesoría Jurídica municipal, a la que además
corresponderán los siguientes cometidos:
1. Solicitud de información a los servicios municipales afectados.
2. Solicitar la autorización judicial necesaria para la entrada en el inmueble.
3. Solicitar al Juzgado el ingreso involuntario en residencia o centro de acogida de la persona
interesada, si procede.
4. Solicitar al Juzgado, en su caso, la adopción de otras medidas de apoyo.
5. Comunicar al Juzgado la finalización de las distintas actuaciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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correspondiente informe, en el que se dejará constancia, en su caso, de la negativa a que se acceda al
domicilio.
8. En el caso de que no se hayan llevado a cabo las actuaciones requeridas, se dictará resolución indicando
que el Ayuntamiento procederá a la ejecución subsidiaria de las tareas de limpieza y desinfección, en caso de
incumplimiento.
9. Intervención, si procede, de la concejalía delegada de Salud Pública al objeto de realizar la desinfección y
desinsectación del inmueble.
6.2. Servicios municipales de limpieza y otros servicios operativos.
El servicio municipal de limpieza realizará por sí o por empresa contratada al efecto las gestiones precisas
para la limpieza del inmueble y la retirada de basuras y enseres.
Deberá coordinar la entrada al domicilio para ejecutar la orden de limpieza con el Servicio Social de Atención
Social Básica, la Policía Local y los Bomberos y, en su caso, con otros servicios operativos.
Remitirá informe de sus actuaciones a la concejalía delegada de Salud Pública.
Previo informe de la concejalía delegada de Salud Pública, gestionará el cobro de las labores efectuadas.
La coordinación de estas funciones se llevará a cabo por la concejalía delegada de Salud Pública.
6.3. Servicio Social de Atención Social Básica.
Se centrará en la atención de la problemática social de las personas residentes en el inmueble mediante:
1. La detección de casos.
2. La apertura de un expediente familiar y el inicio del proceso de intervención común (estudio,
diagnóstico y movilización de recursos).
3. El seguimiento de la unidad familiar afectada, del expediente familiar, y el estudio y
aplicación de medidas personales y económicas.
4. La coordinación, si procede, con los servicios sanitarios y sociales de la Administración
autonómica.
5. Facilitará a la Asesoría Jurídica municipal la información requerida para la solicitud de las
autorizaciones pertinentes al Juzgado.
6. Colaborará en la entrada en el inmueble y en el desalojo de las personas.
En los casos en que proceda, valorará la situación económica de la unidad de convivencia para hacer frente a
la ejecución subsidiaria de las tareas de limpieza y desinfección.
6.4. Asesoría Jurídica municipal.
Las actuaciones o comunicaciones que se insten o dirijan a los órganos jurisdiccionales con competencias en
la materia deberán ser cursadas, en todo caso, a través de la Asesoría Jurídica municipal, a la que además
corresponderán los siguientes cometidos:
1. Solicitud de información a los servicios municipales afectados.
2. Solicitar la autorización judicial necesaria para la entrada en el inmueble.
3. Solicitar al Juzgado el ingreso involuntario en residencia o centro de acogida de la persona
interesada, si procede.
4. Solicitar al Juzgado, en su caso, la adopción de otras medidas de apoyo.
5. Comunicar al Juzgado la finalización de las distintas actuaciones.
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