Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (01815/2025)
Extracto de las bases reguladoras de la concesión del XX Premio Dulce Chacón de Narrativa Española
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Diputación de Badajoz
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Badajoz
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Extracto de las bases reguladoras de la concesión del XX Premio Dulce Chacón de Narrativa Española

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ REGULADORA DE LA CONCESIÓN DEL XX PREMIO DULCE
CHACÓN DE NARRATIVA ESPAÑOLA
BDNS (IDENTIF.): 832068
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/832068).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
La Diputación de Badajoz convoca el "XX Premio Dulce Chacón de Narrativa Española", con los fines de honrar la memoria
de la escritora zafrense Dulce Chacón Gutiérrez (1954-2003) y reconocer y premiar la calidad literaria en la literatura
española contemporánea.
BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DEL XX PREMIO DULCE CHACÓN DE NARRATIVA ESPAÑOLA
BASES
Primera. Objeto de la convocatoria.
La Diputación de Badajoz convoca el XX Premio Dulce Chacón de Narrativa Española, de 2025, con los objetivos de honrar la
memoria de la escritora zafrense Dulce Chacón Gutiérrez (1954-2003) y reconocer y premiar la calidad literaria en la
literatura española contemporánea.
Segunda. Características.
El premio, de carácter anual, se concederá a una obra de género narrativo (en cualquiera de sus modalidades) escrita en
castellano, impresa y editada en España durante el año anterior a la presente convocatoria. Este criterio comprende también
a aquellas obras escritas en lenguas cooficiales dentro de sus respectivas comunidades autónomas, que hayan sido
traducidas al castellano y cuya primera edición traducida se encuentre en el año vigente de la presente convocatoria.
Tercera. Criterios de selección.
El valor fundamental de la obra premiada será la calidad literaria. El Jurado deberá valorar también el contenido humano de
las obras seleccionadas, de manera que se encuentren vinculadas a principios tales como la dignidad, la justicia y la
solidaridad entre otros valores humanos, tratando con ello de asociar el premio a la trayectoria vital y estética de Dulce
Chacón.
Cuarta. Dotación.
Se establece un Premio único de 9.000,00 euros y la escultura El abrazo, obra de Iñaki Martínez Sáiz, cedida por su autor y
alusiva a las inquietudes de Dulce Chacón en relación con Zafra. El importe del premio se encuentra consignado en la
partida 11-3340-48020-1100 de los presupuestos generales de la Diputación de Badajoz para el año 2025. Esta cantidad se
hará efectiva previa reducción del IRPF en vigor.
Quinta. Régimen jurídico.
Conforme se establece en el artículo 4.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el premio no
tiene carácter de subvención estando excluido del ámbito de aplicación de la mencionada Ley. No obstante, la base 33.D) de
las de ejecución presupuestaria 2025, establece que el procedimiento para la concesión de premios y becas, tanto en
metálico como en especie, que otorgue la Excma. Diputación de Badajoz, entes dependientes y consorcios, se regirán por lo
establecido en su correspondiente convocatoria que, por su carácter específico, tendrá carácter de normativa reguladora y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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