Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01787/2025)
Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a fomentar la adaptación de taxis de la provincia de Badajoz para el uso por personas con movilidad reducida
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

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Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, con mención expresa de la norma UNE 26.494 y sus
posteriores modificaciones.
B) Justificación económica.
B1.Importe a justificar.
Como regla general, el importe a justificar es aquel que resulte en la resolución de concesión. Sin embargo,
cuando las actividades hayan sido cofinanciadas, además de con la subvención relativa a esta convocatoria,
con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe,
procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
De no justificarse así, la Diputación exigirá el reintegro por el porcentaje correspondiente al importe no
justificado.
B.2.Documentación a aportar.
a) Anexo de cuenta justificativa debidamente cumplimentado y firmada por el/la secretario/a de la entidad,
que contendrá:
1.
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3.
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8.

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10.

Datos de la entidad que justifica.
Datos del proyecto/actividad subvencionada que se justifica.
Coste total de la actividad subvencionada, con indicación de con qué fondos ha sido financiada ésta.
Clasificación de los gastos por tipología y forma de pago de estos.
Relación clasificada, con número de orden, de todos los gastos de la actividad subvencionada
financiados con la subvención de Diputación, incluyendo descripción del gasto, proveedor/acreedor, el
número de factura, la fecha de emisión, fecha de pago, importe de la factura, e importe parcial o total
imputado a la subvención de Diputación. Indicación de exento o no exento del sujeto pasivo de IVA.
Relación clasificada, con número de orden, de todos los gastos de la actividad subvencionada
financiados con fondos propios de la entidad solicitante u otras subvenciones o recursos, incluyendo
descripción del gasto, proveedor/acreedor, el número de factura, la fecha de emisión, fecha de pago,
importe de la factura, e importe parcial o total financiado con fondos propios u otras subvenciones o
recursos, así como la entidad financiadora.
La procedencia, o no, de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
La exactitud y veracidad de los datos reseñados en ese documento, así como que la actividad
subvencionada ha sido realizada en su totalidad, habiéndo cumplido las condiciones impuestas y
conseguidas los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención.
Que el importe de la subvención concedida, por sí sola o en concurrencia con otras subvenciones
concedidas por agentes financiadores, no excede del importe total de la actividad o proyecto
subvencionado.
Que los justificantes presentados, y relacionados, corresponden a gastos efectuados como
consecuencia directa de la actividad objeto de subvención y estrictamente necesarios, que se
corresponden fielmente con documentos originales que se encuentran a disposición de la Diputación,
y que el importe imputado a esta subvención no ha servido para justificar otras subvenciones
distintas.

b) Al anexo de cuenta justificativa se adjuntarán, de manera ordenada y referidos con los números de orden
que aparezcan relacionados en este:
1. Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los requisitos necesarios que
establece el RD 1619/2012 o la legislación aplicable, demostrativos de los gastos realizados y
financiados con la aportación de Diputación. Dichas facturas/documentos serán presentados en
formato digital (escaneados o electrónicos), y no requerirán compulsa ni estampillado.
La no presentación de facturas/documentos originales o compulsadas, no exime en ningún caso a el/la
beneficiario/a, de su obligación de custodia y puesta a disposición de las mismas si le son requeridas
por la administración. En cualquier caso, la remisión a través de la sede electrónica por la persona
representante de la entidad, donde quede constancia de su firma, presupondrá la originalidad de los
documentos presentados.
2. Documentación que justifique el pago efectivo de los gastos, que se realizará mediante cualquier
documento con validez jurídica en el ámbito mercantil, como copias de transferencias bancarias (la
cuenta de cargo debe estar a nombre de la entidad), cheques con extracto bancario justificativo de que
los mismos han sido cobrados por el proveedor o cargos de pagos con tarjeta de crédito/débito (el
titular de la tarjeta debe ser la entidad). No se admitirán los pagos en metálico.
Los documentos justificativos de los pagos deberán ir referidos con el mismo número de orden del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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