Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barbaño. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio (Badajoz). (01733/2025)
Bases reguladoras de las convocatorias que regirán la participación para la concesión de los Premios Luz por la Entidad Local Menor de Barbaño
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Ayuntamiento de Barbaño

Anuncio 1733/2025

Historiadores o investigadores especializados en la colonización agraria de España para aportar
contexto histórico.
Profesionales en conservación del patrimonio rural que puedan evaluar el impacto cultural y social de
estas comunidades.
2. Representantes de los propios pueblos de colonización:
Habitantes actuales o descendientes de colonos que puedan ofrecer una visión auténtica y personal
de lo que estos pueblos representan.
Representantes de asociaciones locales o colectivos ciudadanos implicados en la preservación y
desarrollo de estos pueblos.
3. Especialistas en desarrollo rural y sostenibilidad:
Agrónomos, ingenieros de regadío o expertos en planificación territorial que puedan valorar los
avances en infraestructuras y sostenibilidad.
Profesionales en gestión medioambiental para tener en cuenta el impacto ecológico.
4. Figuras públicas o culturales:
Escritores, periodistas o artistas que hayan documentado o celebrado de alguna manera la historia de
los pueblos de colonización.
Personas reconocidas por su implicación en causas rurales o sociales, que den visibilidad al Premio.
5. Instituciones y administraciones:
Representantes de entidades públicas, como ministerios o consejerías vinculadas a agricultura, medio
ambiente o patrimonio.
Miembros de universidades u otros organismos académicos relacionados con la temática.
6. Presidenta o Presidente de honor:
Alguien con un perfil simbólico, como un académico destacado o una figura representativa de la época
de los pueblos de colonización, que otorgue prestigio al Premio.
La combinación de estas perspectivas garantizará que las decisiones del Jurado sean equilibradas, inclusivas y respetuosas
con la complejidad del tema. Además, reforzará la legitimidad y el valor del galardón.
El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Barbaño y el Vocal delegado del Área de Cultura estarán presentes en las
comisiones del Jurado que se celebren, su escrutinio y resolución, tendrán voz pero no voto, cuyas intervenciones no serán
vinculantes para el ejercicio de las competencias del Jurado.
El Secretario Municipal del Ayuntamiento de Barbaño, levantará acta de la comisión celebrada y el resultado de la conclusión
del Jurado.
La entrega de estos premios se celebrará en un acto público que tendrá lugar después del fallo del Jurado, en lugar y hora
por determinar que se dará a conocer con suficiente antelación a los premiados, instituciones y sociedad civil en general.
Quinta.- Recursos.
Contra el acuerdo de aprobación de estas bases, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo
de reposición, ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de las
bases en el BOP de Badajoz o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a la mencionada publicación. Si se optara por
interponer recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, hasta que aquél haya sido
resuelto expresamente o haya sido desestimado por silencio administrativo.»
Barbaño, a fecha de la firma digital.- El Alcalde.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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