Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Hernán Cortés. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01685/2025)
Aprobación del acuerdo de establecimiento, imposición y texto regulador de los precios públicos por actividades dentro del Programa de formación abierta "Aula Mentor"
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Ayuntamiento de Hernán Cortés

Anuncio 1685/2025

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Hernán Cortés
Hernán Cortés (Badajoz)
Anuncio 1685/2025
Aprobación del acuerdo de establecimiento, imposición y texto regulador de los precios públicos por actividades dentro
del Programa de formación abierta "Aula Mentor"

APROBACIÓN DE ACUERDO DE ESTABLECIMIENTO, IMPOSICIÓN Y TEXTO REGULADOR DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR
ACTIVIDADES DENTRO DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN ABIERTA "AULA MENTOR", GESTIONADO POR EL AYUNTAMIENTO DE
HERNÁN CORTÉS (BADAJOZ)
Se pone en general conocimiento que la Junta Vecinal de ese Ayuntamiento, en sesión de 29 de abril de 2025, y con el
quórum y la mayoría necesarios, acordó aprobar el establecimiento e imposición de los precios públicos por actividades
dentro del programa de formación abierta "Aula Mentor", así como su texto regulador, cuyo tenor literal consta en el
presente anuncio.
Contra el acuerdo en cuestión se podrán presentar los recursos que constan en la disposición que se publica.
TEXTO DEL ACUERDO REGULADOR DEL ESTABLECIMIENTO Y LA IMPOSICIÓN DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR ACTIVIDADES
DENTRO DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN ABIERTA "AULA MENTOR", GESTIONADO POR EL AYUNTAMIENTO DE HERNÁN
CORTÉS (BADAJOZ)
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
A.- El presente texto regula los precios públicos aplicables al servicio de actividades dentro del programa de
formación abierta "Aula Mentor", ofrecido por el Ayuntamiento de Hernán Cortés.
B.- "Aula Mentor" es un sistema de formación abierta, libre y a través de Internet promovido por el Ministerio
de Educación, Formación Profesional y Deportes de España. Participan activamente en esta iniciativa, a través
de convenios de cooperación, un nutrido conjunto de Comunidades Autónomas, Entidades locales
territoriales y Entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales.
C.- El "Aula Mentor" es un programa para la formación abierta, flexible y a distancia a través de Internet,
dirigido a personas adultas. Se trata de una oferta formativa que tiene por objeto mejorar las competencias
personales y profesionales de sus destinatarios. Además, el programa dispone de espacios físicos de apoyo
en las localidades adheridas para facilitar el acceso de la población, prestando especial atención a quienes
residen en zonas alejadas o con dificultades de acceso a los medios digitales.
D.- Por tanto, en virtud de su naturaleza educativa y social, el servicio "Aula Mentor" contribuye a la inclusión
educativa y profesional de colectivos vulnerables, promoviendo el aprendizaje permanente y el desarrollo
local.
E.- En atención al carácter formativo y social de esta prestación, el Ayuntamiento considera procedente fijar
los precios públicos del "Aula Mentor" en un importe que es muy probable (al ser un servicio de nueva
creación, ser ésta una Entidad local pequeña y por tanto con un número bastante limitado de posibles
usuarios) que sea bastante inferior al coste total del servicio.
F.- Como regla general los precios públicos deben cubrir al menos el coste del servicio, pero el artículo 44.2
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (TRLRHL), por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales autoriza expresamente a establecer tarifas por debajo de dicho
límite cuando concurran razones sociales, benéficas, culturales o de interés público. En el caso del "Aula
Mentor" concurren tales razones generales de interés público: la formación accesible de la población adulta
en materias de inserción laboral y desarrollo personal constituye un fin social que justifica una contribución
económica reducida.
G.- Por ello, y conforme al citado precepto, el Ayuntamiento dotará en sus presupuestos las partidas
necesarias para cubrir la diferencia entre el coste real del servicio y la recaudación por precios públicos. Esta
medida responde al interés general, ya que garantiza que más ciudadanos puedan beneficiarse de la
formación sin que la carga económica sea una barrera excluyente.
H.- La fijación del precio público propuesta se ajusta además a los principios de buena regulación establecidos
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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