Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peñalsordo. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01600/2025)
Bases para la provisión interina del puesto de Secretaría-Intervención de la Agrupación Peñalsordo-Mancomunidad Siberia-Serena
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Peñalsordo
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5.1. Fase de oposición.
5.1.1. Consistirá en la celebración de una prueba práctica, que versará sobre el temario que figura en el anexo I de la
presente convocatoria, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso libre a la subescala de SecretaríaIntervención de la escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
5.1.2. El ejercicio es obligatorio y eliminatorio, resultando eliminados los/as aspirantes que no alcancen en el ejercicio la
puntuación mínima que se establece en el apartado 5.1.3.
En las pruebas deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.
Los/as aspirantes serán convocados para la realización de la prueba selectiva en llamamiento único. Perderán el derecho a
participar en el proceso selectivo a los aspirantes que no comparezcan en los ejercicios el día y hora señalados, salvo en los
casos de fuerza mayor, libremente valorados por el órgano de selección, justificados documentalmente dentro del plazo de
las veinticuatro horas siguientes.
Si se admite la causa de justificación, el/la aspirante será nuevamente convocado en llamamiento único para la realización
de la prueba selectiva para la fecha que determine el órgano de selección.
5.1.3. Consistirá en la resolución por escrito durante el tiempo que el Tribunal señale de uno o más supuestos prácticos, que
será propuesto por el Tribunal en el momento previo a la celebración del examen, relacionados con las materias objeto del
puesto de trabajo y conforme al temario completo que figura en las presentes bases.
Se pueden utilizar los textos legales que el aspirante considere necesario a excepción de aquellos que estén comentados o
contengan formularios.
En la calificación de este ejercicio el Tribunal valorará la capacidad y formación general, la claridad de ideas, la precisión y
rigor en la exposición y la calidad de la expresión escrita y será calificado por el Tribunal de 0 a 10 puntos, quedando
eliminados aquellos aspirantes que no hayan obtenido una puntuación mínima de 5 puntos.
5.1.4. El orden de calificación definitiva de la fase de oposición estará determinado por la puntuación de los/as aspirantes en
la prueba práctica.
5.2. Fase de concurso.
5.2.1. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. El Tribunal valorará los méritos de los/as aspirantes que hayan
superado la fase oposición, dando publicidad del resultado en el tablón de anuncios de la corporación y/o lugar de
celebración del ejercicio.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será el de finalización del plazo de presentación de instancias.
5.2.2. El Tribunal examinará los méritos presentados por los/as aspirantes y los calificará con arreglo al siguiente baremo.
BAREMO
1. Por cada mes de servicios prestados por el aspirante con nombramiento interino en puestos reservados en
Entidades Locales, hasta un máximo de 1,00 puntos.
- Si se trata de puestos reservados a la subescala de Secretaría-Intervención: 0,04 puntos por mes de servicio.
- Si se trata de puestos reservados a la subescala de Secretaría o de Intervención: 0,02 puntos por mes de servicio.
2. Por haber aprobado alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas selectivas convocadas por el
Ministerio con competencias en administraciones públicas o por la Comunidad Autónoma para el acceso a la
subescala de Secretaría-Intervención: 0,5 puntos por ejercicio con un máximo de 1,50 puntos.
3. Por haber aprobado alguna de las pruebas selectivas correspondientes para la formación de lista de espera para la
provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, subescala de
Secretaría-Intervención, convocadas por las comunidades autónomas: 0,25 puntos por prueba hasta un máximo de
0,50 puntos.
* No serán puntuables los mismos ejercicios aprobados en convocatorias diferentes.
4. Por cada curso, jornadas o seminarios impartidos por centros oficiales o en colaboración con los mismos,
realizados sobre materias directamente relacionadas con el puesto a cubrir, según la siguiente tabla, hasta un
máximo de 1,00 puntos.
- De 20 a 40 horas. 0,10 puntos cada uno.
- De 41 a 100 horas. 0,20 puntos cada uno.
- De 101 horas en adelante. 0,30 puntos cada uno.
* Los que tengan una duración inferior a 20 horas no se valorarán.
5.2.3. Justificación de méritos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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5.1. Fase de oposición.
5.1.1. Consistirá en la celebración de una prueba práctica, que versará sobre el temario que figura en el anexo I de la
presente convocatoria, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso libre a la subescala de SecretaríaIntervención de la escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
5.1.2. El ejercicio es obligatorio y eliminatorio, resultando eliminados los/as aspirantes que no alcancen en el ejercicio la
puntuación mínima que se establece en el apartado 5.1.3.
En las pruebas deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.
Los/as aspirantes serán convocados para la realización de la prueba selectiva en llamamiento único. Perderán el derecho a
participar en el proceso selectivo a los aspirantes que no comparezcan en los ejercicios el día y hora señalados, salvo en los
casos de fuerza mayor, libremente valorados por el órgano de selección, justificados documentalmente dentro del plazo de
las veinticuatro horas siguientes.
Si se admite la causa de justificación, el/la aspirante será nuevamente convocado en llamamiento único para la realización
de la prueba selectiva para la fecha que determine el órgano de selección.
5.1.3. Consistirá en la resolución por escrito durante el tiempo que el Tribunal señale de uno o más supuestos prácticos, que
será propuesto por el Tribunal en el momento previo a la celebración del examen, relacionados con las materias objeto del
puesto de trabajo y conforme al temario completo que figura en las presentes bases.
Se pueden utilizar los textos legales que el aspirante considere necesario a excepción de aquellos que estén comentados o
contengan formularios.
En la calificación de este ejercicio el Tribunal valorará la capacidad y formación general, la claridad de ideas, la precisión y
rigor en la exposición y la calidad de la expresión escrita y será calificado por el Tribunal de 0 a 10 puntos, quedando
eliminados aquellos aspirantes que no hayan obtenido una puntuación mínima de 5 puntos.
5.1.4. El orden de calificación definitiva de la fase de oposición estará determinado por la puntuación de los/as aspirantes en
la prueba práctica.
5.2. Fase de concurso.
5.2.1. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. El Tribunal valorará los méritos de los/as aspirantes que hayan
superado la fase oposición, dando publicidad del resultado en el tablón de anuncios de la corporación y/o lugar de
celebración del ejercicio.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será el de finalización del plazo de presentación de instancias.
5.2.2. El Tribunal examinará los méritos presentados por los/as aspirantes y los calificará con arreglo al siguiente baremo.
BAREMO
1. Por cada mes de servicios prestados por el aspirante con nombramiento interino en puestos reservados en
Entidades Locales, hasta un máximo de 1,00 puntos.
- Si se trata de puestos reservados a la subescala de Secretaría-Intervención: 0,04 puntos por mes de servicio.
- Si se trata de puestos reservados a la subescala de Secretaría o de Intervención: 0,02 puntos por mes de servicio.
2. Por haber aprobado alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas selectivas convocadas por el
Ministerio con competencias en administraciones públicas o por la Comunidad Autónoma para el acceso a la
subescala de Secretaría-Intervención: 0,5 puntos por ejercicio con un máximo de 1,50 puntos.
3. Por haber aprobado alguna de las pruebas selectivas correspondientes para la formación de lista de espera para la
provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, subescala de
Secretaría-Intervención, convocadas por las comunidades autónomas: 0,25 puntos por prueba hasta un máximo de
0,50 puntos.
* No serán puntuables los mismos ejercicios aprobados en convocatorias diferentes.
4. Por cada curso, jornadas o seminarios impartidos por centros oficiales o en colaboración con los mismos,
realizados sobre materias directamente relacionadas con el puesto a cubrir, según la siguiente tabla, hasta un
máximo de 1,00 puntos.
- De 20 a 40 horas. 0,10 puntos cada uno.
- De 41 a 100 horas. 0,20 puntos cada uno.
- De 101 horas en adelante. 0,30 puntos cada uno.
* Los que tengan una duración inferior a 20 horas no se valorarán.
5.2.3. Justificación de méritos.
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