Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01461/2025)
Bases reguladoras de la concesión de ayudas destinadas a fomentar y facilitar la contratación de personas desempleadas, dentro del Régimen General de la Seguridad Social, durante el año 2025
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

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1. Copia del DNI o NIE del solicitante.
2. Copia del CIF (en caso de entidades mercantiles o no mercantiles).
3. Copia de la escritura de constitución, estatutos o documento de constitución que corresponda en cada caso
(entidades mercantiles o no mercantiles).
4. Declaración responsable, según modelo normalizado, en la que se ponga de manifiesto por la entidad los
siguientes ítems:
4.1. Certificación de los datos bancarios de la persona o entidad (alta a terceros).
4.2. Concurrencia de los requisitos para poder obtener la condición de beneficiario, de acuerdo
con el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
4.3. Compromiso del cumplimiento de las condiciones impuestas para el otorgamiento de la
subvención.
4.4. Declaración de las subvenciones u otros ingresos obtenidos para la misma finalidad y
compromiso de comunicar las que se obtengan en el futuro.
No obstante, de acuerdo con los términos previstos en la normativa de régimen jurídico de las
administraciones públicas, los interesados no deberán aportar aquellos documentos que ya se encuentren en
poder de este Ayuntamiento.
5. Copia del alta en modelo censal 036 o 037 de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, según
corresponda.
6. Copia del alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos, cuando
corresponda.
7. Copia del contrato firmado por las partes y justificante de la correspondiente comunicación telemática a la
Administración responsable.
8. Copia del DNI o NIE del trabajador contratado.
9. Vida laboral de la persona contratada (que recoja al menos un año y medio anterior a la contratación y el
día posterior de la contratación).
10. Demanda de empleo del trabajador contratado.
La documentación irá debidamente firmada por el solicitante o representante legal de la entidad.
Las solicitudes quedan limitadas a un trabajador por beneficiario.
Sexta. Plazo, forma y lugar de presentación.
6.1. El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del extracto de las presentes
bases en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el 15 de diciembre de 2025.
6.2. Todos los trámites del procedimiento se realizarán por medios electrónicos, a través de la sede electrónica de este
Ayuntamiento, por parte de las personas y entidades a que el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, obliga a relacionarse electrónicamente con la
administración.
No obstante, las solicitudes se podrán presentar en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la citada norma.
6.3. La presentación de la solicitud de subvención conlleva la aceptación de las presentes bases.
6.4. En caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, se requerirá al solicitante para que, en el
plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación del requerimiento, proceda a su rectificación o
subsanación, con la indicación de que si no lo hace así se entenderá desistido de su solicitud.
Séptima. Procedimiento.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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