Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01448/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso de méritos, del puesto número 452 de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario del Ayuntamiento de Badajoz
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Badajoz
Anuncio 1448/2025
En la resolución aprobatoria de la lista definitiva se determinará el lugar, día y hora en el que se constituirá la Comisión de
Valoración, así como la composición de ésta.
2.- La Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes miembros, sin perjuicio de que las comisiones de
valoración se adapten, en su caso, al resultado de la negociación llevada a cabo con las centrales sindicales en esta materia,
con anterioridad a la publicación de la lista definitiva de admitidos.
Presidente:
Un funcionario de la Corporación con titulación igual o superior al grupo del puesto objeto de convocatoria.
Vocales:
Tres funcionarios de la Corporación con titulación igual o superior al grupo del puesto objeto de convocatoria,
elegidos por sorteo.
Un representante de cada una de las centrales sindicales con representación en la mesa general de
empleados públicos con titulación igual o superior al grupo del puesto objeto de convocatoria.
Secretario:
Un funcionario de Recursos Humanos, que actuará sólo con voz, pero sin voto, su labor se ceñirá a dar fe
pública.
Sexta.- Fases del concurso:
1.ª. Fase: Méritos de generales:
La valoración de los méritos generales para la adjudicación del puesto objeto de convocatoria se realizará en
base a los siguientes factores:
Méritos
Ptos.
Máx.
%
Antigüedad en el Ayuntamiento de Badajoz
0,10 por año
4
40%
Experiencia relacionada con el puesto al que se concursa (sin computar el
tiempo ocupando el puesto en comisión de servicio)
0,50 por año
3
30%
Formación continua, incluida en planes de formación continua,
relacionada con el puesto de trabajo al que se concursa
0,07 por cada
10 h
2
20%
1
1
10%
Por titulación superior a la requerida para ocupar el puesto
(*) Calculándose la fracción inferior al año proporcionalmente.
2.ª. Fase: Méritos específicos. Valoración en base a la presentación de una memoria o proyecto relacionado
con el puesto de trabajo. La puntuación máxima por este concepto será de 5 puntos.
La valoración de esta segunda fase se efectuará mediante puntuación obtenida con la media aritmética de las
otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración.
En el supuesto que alguna de las puntuaciones otorgadas difiera en más de dos puntos, por exceso o por
defecto de la media, serán eliminadas éstas y se volverá a calcular la media con las puntuaciones no
eliminadas.
La puntuación final será el resultado de sumar la puntuación obtenida en la fase de méritos generales con la
obtenida en la fase de méritos específicos.
En caso de empate se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el apartado de antigüedad, y si
perdurara el empate se resolverá a favor del de mayor edad.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Valoración, así como la composición de ésta.
2.- La Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes miembros, sin perjuicio de que las comisiones de
valoración se adapten, en su caso, al resultado de la negociación llevada a cabo con las centrales sindicales en esta materia,
con anterioridad a la publicación de la lista definitiva de admitidos.
Presidente:
Un funcionario de la Corporación con titulación igual o superior al grupo del puesto objeto de convocatoria.
Vocales:
Tres funcionarios de la Corporación con titulación igual o superior al grupo del puesto objeto de convocatoria,
elegidos por sorteo.
Un representante de cada una de las centrales sindicales con representación en la mesa general de
empleados públicos con titulación igual o superior al grupo del puesto objeto de convocatoria.
Secretario:
Un funcionario de Recursos Humanos, que actuará sólo con voz, pero sin voto, su labor se ceñirá a dar fe
pública.
Sexta.- Fases del concurso:
1.ª. Fase: Méritos de generales:
La valoración de los méritos generales para la adjudicación del puesto objeto de convocatoria se realizará en
base a los siguientes factores:
Méritos
Ptos.
Máx.
%
Antigüedad en el Ayuntamiento de Badajoz
0,10 por año
4
40%
Experiencia relacionada con el puesto al que se concursa (sin computar el
tiempo ocupando el puesto en comisión de servicio)
0,50 por año
3
30%
Formación continua, incluida en planes de formación continua,
relacionada con el puesto de trabajo al que se concursa
0,07 por cada
10 h
2
20%
1
1
10%
Por titulación superior a la requerida para ocupar el puesto
(*) Calculándose la fracción inferior al año proporcionalmente.
2.ª. Fase: Méritos específicos. Valoración en base a la presentación de una memoria o proyecto relacionado
con el puesto de trabajo. La puntuación máxima por este concepto será de 5 puntos.
La valoración de esta segunda fase se efectuará mediante puntuación obtenida con la media aritmética de las
otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración.
En el supuesto que alguna de las puntuaciones otorgadas difiera en más de dos puntos, por exceso o por
defecto de la media, serán eliminadas éstas y se volverá a calcular la media con las puntuaciones no
eliminadas.
La puntuación final será el resultado de sumar la puntuación obtenida en la fase de méritos generales con la
obtenida en la fase de méritos específicos.
En caso de empate se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el apartado de antigüedad, y si
perdurara el empate se resolverá a favor del de mayor edad.
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