Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (01418/2025)
Convocatoria y bases del proceso selectivo por concurso-oposición para la provisión interina del puesto de Tesorería, clase segunda, perteneciente a la subescala de Intervención Tesorería del Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara
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Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara

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b) Copia del DNI, NIE o Pasaporte del aspirante.
c) Copia de la titulación requerida, exigida a la categoría que se opte, o documento acreditativo
del abono de las tasas para la expedición de la titulación. En el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero se deberá aportar la documentación acreditativa de su homologación o
convalidación.
d) Copia de la Vida Laboral.
e) Copia de la documentación acreditativa de los méritos a valorar en la fase de concurso
(contratos de trabajo; certificados de servicios prestados; certificados de empresa; etc.)
f) Resguardo justificativo del abono de la tasa de derechos de examen.
Los aspirantes deberán manifestar, bajo su responsabilidad, que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, en los términos en que se recogen en la base segunda y que se comprometen a poner a disposición
de la Administración Municipal cuando sea requerido al efecto.
En el caso de aspirantes/as con discapacidad que soliciten adaptación de tiempo y/o medios, deberán tener
reconocido por la Administración competente un grado de discapacidad igual o superior al 33%, debiéndose
acreditar esta circunstancia en el momento de presentación de la solicitud.
La adaptación de tiempos consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la realización de los
ejercicios, y se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE-1822/2006, de 9 de junio, por
la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos
para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
Una vez analizadas las necesidades específicas de cada uno de los aspirantes/as, el Tribunal Calificador
adoptará las medidas precisas, en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los/as solicitantes
de adaptaciones de tiempo y/o medios gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que
el resto de aspirantes/as.
3.2. Lugar de presentación de instancias: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde- Presidente, se presentarán en
el Registro General de este Excmo. Ayuntamiento, en horas de oficina (de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a
viernes) o bien por la sede electrónica.
También podrán presentarse conforme a lo dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común y adelantar posteriormente dentro del plazo de presentación, copia
de la solicitud, al correo electrónico: carmen.rodriguez@sanvicentedealcantara.es.
Las instancias presentadas a través de las oficinas de Correos, de acuerdo con lo previsto en el citado artículo,
deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser
certificadas, dentro del plazo de presentación de instancias. Solo en este caso se entenderá que las instancias
han tenido entrada en el Registro General de este Ayuntamiento en la fecha en que fueron entregadas en la
mencionada oficina.
3.3. Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de 10 días hábiles a contar del día
siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia de Badajoz. Asimismo, serán publicadas en el tablón de anuncios del Portal del Ciudadano, que se
encuentra en la sede electrónica del Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a
petición de la persona interesada.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en las presentes bases
para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante del proceso
selectivo.
3.4. Derechos de examen: Para la admisión a las pruebas selectivas será obligatorio haber satisfecho los
derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la
exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación del justificante de ingreso de los derechos de
examen, supondría sustitución del trámite de presentación de la solicitud en tiempo y forma.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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