Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Tentudía (Monesterio). Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (01404/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de los proyectos del programa de formación y empleo ESCALA
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Mancomunidad de Tentudía
Anuncio 1404/2025
de alumnos-trabajadores.
2.1. Comité de Dirección.
El Comité de Dirección es el órgano de decisión que ejerce la tutela directa de los proyectos y está formado
por la Dirección, el responsable técnico designado por la Mancomunidad de Tentudía y quien se designe por
parte de los Ayuntamientos participantes en el proyecto. Se reunirá de forma periódica para supervisar los
objetivos, actividades y tareas.
Las funciones del Comité de Dirección son:
- Informar a la entidad promotora, en este caso, Mancomunidad de Tentudía en cada una de
las fases, los presupuestos y balances económicos, los programas y memorias de obras y/o
servicios.
- Supervisar el funcionamiento general del proyecto, hacer un seguimiento y proponer a la
Mancomunidad de Tentudía la adopción de las iniciativas o medidas que considere
convenientes.
- Proponer la aprobación de obras/servicios fuera del entorno de actuación del proyecto, previa
solicitud a la Dirección General de Formación para el empleo.
- Proponer la aprobación de las actividades de promoción e inserción laboral del proyecto.
- Proponer y ejecutar las sanciones previstas en el capítulo IV, sobre reglamento disciplinario
del presente Reglamento, aplicando el Estatuto de los Trabajadores en caso de ser necesario.
- Facilitar información a la Mancomunidad en cuantas decisiones le sea requerida.
2.2. Claustro de profesores.
Es el órgano técnico de trabajo colectivo. Está integrado por el personal directivo, docente y auxiliar del
proyecto. Se encargará del seguimiento, actividades y tareas emprendidas y de canalizar la participación de
todo el alumnado trabajador en la gestión del mismo.
El claustro de profesores se reúne en sesión ordinaria una vez al mes y con carácter extraordinario cuando así
lo decida la Dirección o lo solicite, al menos, un tercio de sus componentes. La asistencia a las reuniones del
claustro de profesores es obligatoria. Los delegados de cada especialidad representantes del alumnado
participarán en dichas reuniones cuando sean requeridos.
2.3. Consejo Asesor de Formación y Empleo.
El Consejo Asesor de Formación y Empleo es un órgano de colaboración y participación cuyo principal papel
es el apoyo a la inserción laboral del alumnado.
El Consejo Asesor está integrado por los siguientes miembros:
- Director/a -gestor, en este caso, de los programas de formación en activo, o en su defecto,
cargo que ostente la representación general del proyecto.
- Coordinador/a -técnico/a tutor/a de acompañamiento.
- Responsable de los programas de formación y empleo del Ayuntamiento.
- Un delegado del alumnado-trabajador.
El Consejo se reunirá con carácter ordinario, al menos, una vez al trimestre.
2.4. Asamblea del alumnado.
La Asamblea de los alumnos y alumnas es el órgano general de participación del alumnado-trabajador en el
funcionamiento de los proyectos. A través de la asamblea, los alumnos eligen a sus delegados y
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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2.1. Comité de Dirección.
El Comité de Dirección es el órgano de decisión que ejerce la tutela directa de los proyectos y está formado
por la Dirección, el responsable técnico designado por la Mancomunidad de Tentudía y quien se designe por
parte de los Ayuntamientos participantes en el proyecto. Se reunirá de forma periódica para supervisar los
objetivos, actividades y tareas.
Las funciones del Comité de Dirección son:
- Informar a la entidad promotora, en este caso, Mancomunidad de Tentudía en cada una de
las fases, los presupuestos y balances económicos, los programas y memorias de obras y/o
servicios.
- Supervisar el funcionamiento general del proyecto, hacer un seguimiento y proponer a la
Mancomunidad de Tentudía la adopción de las iniciativas o medidas que considere
convenientes.
- Proponer la aprobación de obras/servicios fuera del entorno de actuación del proyecto, previa
solicitud a la Dirección General de Formación para el empleo.
- Proponer la aprobación de las actividades de promoción e inserción laboral del proyecto.
- Proponer y ejecutar las sanciones previstas en el capítulo IV, sobre reglamento disciplinario
del presente Reglamento, aplicando el Estatuto de los Trabajadores en caso de ser necesario.
- Facilitar información a la Mancomunidad en cuantas decisiones le sea requerida.
2.2. Claustro de profesores.
Es el órgano técnico de trabajo colectivo. Está integrado por el personal directivo, docente y auxiliar del
proyecto. Se encargará del seguimiento, actividades y tareas emprendidas y de canalizar la participación de
todo el alumnado trabajador en la gestión del mismo.
El claustro de profesores se reúne en sesión ordinaria una vez al mes y con carácter extraordinario cuando así
lo decida la Dirección o lo solicite, al menos, un tercio de sus componentes. La asistencia a las reuniones del
claustro de profesores es obligatoria. Los delegados de cada especialidad representantes del alumnado
participarán en dichas reuniones cuando sean requeridos.
2.3. Consejo Asesor de Formación y Empleo.
El Consejo Asesor de Formación y Empleo es un órgano de colaboración y participación cuyo principal papel
es el apoyo a la inserción laboral del alumnado.
El Consejo Asesor está integrado por los siguientes miembros:
- Director/a -gestor, en este caso, de los programas de formación en activo, o en su defecto,
cargo que ostente la representación general del proyecto.
- Coordinador/a -técnico/a tutor/a de acompañamiento.
- Responsable de los programas de formación y empleo del Ayuntamiento.
- Un delegado del alumnado-trabajador.
El Consejo se reunirá con carácter ordinario, al menos, una vez al trimestre.
2.4. Asamblea del alumnado.
La Asamblea de los alumnos y alumnas es el órgano general de participación del alumnado-trabajador en el
funcionamiento de los proyectos. A través de la asamblea, los alumnos eligen a sus delegados y
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