Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Barcarrota. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01143/2025)
Reglamento de régimen interno para el Programa de formación y empleo ESCALA "Construye Barcarrota"
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Ayuntamiento de Barcarrota

Anuncio 1143/2025

- Identificar las trayectorias formativas y laborales de los destinatarios de las acciones de formación.
- Poner en práctica mecanismos, materiales didácticos y recursos educativos acorde al colectivo participante.
- Fomentar la colaboración y el trabajo en equipo mediante la participación solidaria y la adquisición de normas y hábitos de
trabajo individual y colectivo.
- Consolidar y hacer grupo entre el colectivo de participantes, partiendo del análisis de las expectativas previas.
- Elaborar la metodología específica de intervención, actuación y formación en base a los perfiles socio-culturales y
económicos de los diferentes participantes, trabajando diferentes aspectos como la autoestima, el asertividad, la
comunicación, la motivación, la solución de problemas, el proceso de búsqueda de empleo...
- Desarrollar la capacidad creativa y emprendedora del alumnado-trabajador a través del planteamiento y ejecución de un
proyecto emprendedor en su entorno.
II.- Organización.
Artículo 3.- Organización general.
La organización general del Programa de formación en alternancia con el empleo Escuela de aprendizaje laboral
corresponderá a dos niveles:
- El institucional: La máxima responsabilidad institucional del proyecto corresponderá al Excmo.
Ayuntamiento de Barcarrota, como entidad promotora y contratante, cargo que comparte con el SEXPE, como
órgano gestor de la subvención concedida para la puesta en marcha del proyecto, en los términos que marca
la legislación y la normativa publicada al efecto.
- El interno: La organización interna del proyecto se asentará en su equipo directivo-docente, entendido este
como órgano de trabajo colectivo. Se completará este órgano con la existencia de delegado/a de alumno/a,
uno por cada especialidad formativa aprobada.
Artículo 4.- Organización operativa.
La organización operativa del Programa de formación en alternancia con el empleo Escuela aprendizaje laboral, responderá
a la distribución de funciones del personal que lo compone y se clasifica de la siguiente forma:
◦ Claustro.
Es el órgano propio de participación de todo el personal docente y de apoyo y está presidido por el Director.
Son competencias del claustro:
- Programar las actividades formativas.
- Fijar y coordinar criterios sobre la evaluación de los alumnos.
- Promover iniciativas en el ámbito de la formación.
- Elaboración, coordinación y seguimiento del plan de inserción laboral.
El claustro se reunirá una vez al mes y cuando lo estime conveniente, pudiéndose dar participación al
delegado de la especialidad para evaluar la marcha del proyecto, resolver pequeños problemas, recoger
sugerencias, etc.
◦ Comisión de Convivencia.
Es el órgano de representación de todos los implicados en el proyecto: Entidad promotora, equipo técnico y
alumnado/trabajador. En concreto, su composición sería la de un representante de la entidad, director/a,
coordinador/a de formación, un representante del resto del equipo técnico y el delegado del alumnadotrabajador.
Es competencia de la Comisión de Convivencia:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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