Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01136/2025)
Convocatoria para la provisión por el procedimiento de concurso específico de méritos de varios puestos de Jefaturas de Oficina, Jefaturas de Negociado y una Jefatura de Unidad
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Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria

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Únicamente se valorarán los méritos alegados y acreditados al momento de la finalización del
plazo de presentación de instancias.
La puntuación mínima en la primera fase se establece en 2 puntos.
1.2. Acreditación méritos generales.
La acreditación de cada uno de los méritos que se aleguen expresamente en la solicitud, se
hará por remisión expresa por parte de la persona interesada a su expediente personal, que
obra en el Área de Recursos Humanos y Régimen Interior.
Las personas interesadas en participar en estas convocatorias deberán comprobar, y, en su
caso, completar el expediente personal, de tal forma que conste en el mismo la documentación
acreditativa de los méritos alegados y susceptibles de ser valorados. La remisión de
documentación al Negociado de Expedientes Personales se hará conforme se establece en el
Portal del Empleado/Expediente personal en RRHH.
2. Segunda fase. La valoración máxima de esta segunda fase no podrá ser superior a 2,5 puntos.
2.1. Méritos específicos.
2.1.1. Presentación y defensa de una memoria que contenga una descripción de la metodología
relativa a la organización y gestión de los recursos disponibles en el departamento
administrativo correspondiente. Se valorará su capacidad en labores de gestión, asesoramiento
y evaluación en la correspondiente unidad, en conexión con el ámbito global del área, con el fin
de contribuir con su actividad al buen funcionamiento y a la mejora de resultados, así como el
conocimiento de la materia. En concreto, la persona debe estar capacitada para identificar y
anticipar oportunidades, asignar recursos, organizar la información y motivar al personal a su
cargo, tomar decisiones, alcanzar objetivos propuestos y evaluar resultados.
2.1.2. La memoria no podrá tener una extensión superior a 20 folios tamaño A4, escritos a una
cara, utilizando como fuente Arial, tamaño de la letra 12, interlineado de 1,5 cm y márgenes de
3 cm.
2.1.3. La memoria se acompañará con la solicitud de participación.
2.1.4. La Comisión Técnica de Valoración, una vez examinada la documentación convocará a las
personas candidatas que hayan superado la puntuación mínima de la primera fase, para que
realicen la defensa de la memoria, en un tiempo no superior a veinte minutos, a la cual podrán
acompañarse de una copia de la misma y pudiendo las y los miembros de la Comisión Técnica
de Valoración formular preguntas a las personas candidatas una vez finalicen su exposición. No
se podrán utilizar programas informáticos (PowerPoint,…) para la defensa de la memoria.
2.1.5. La asistencia a la defensa será requisito indispensable para poder superar esta fase y
optar a la adjudicación de puesto.
2.1.6. Se establecen los siguientes criterios de valoración de la memoria: 0,625 puntos al
contenido, 0,625 puntos al conocimiento (para valorar el conocimiento se tendrá en cuenta que
la persona aspirante no lea la memoria íntegramente, ni utilice textos legales; sí podrá
apoyarse en notas o esquemas), 0,375 puntos a exposición, 0,5 puntos a propuestas de
mejoras y 0,375 puntos a las respuestas a las cuestiones planteadas.
La valoración de esta segunda fase se efectuará mediante la puntuación obtenida con la media
aritmética de las otorgadas por cada una de las y los miembros de la Comisión Técnica de
Valoración. En el supuesto de que en algunas de las puntuaciones haya una diferencia igual o
superior a 0,5 puntos sobre el máximo de 2,5 puntos, se eliminarán la máxima y la mínima. En
el caso de que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en 0,5 o más puntos solo se
eliminará una de las máximas y otra de las mínimas.
La puntuación mínima de la segunda fase se establece en 1 punto.
3. La Comisión de Valoración dictará resolución provisional que se publicará en la Oficina de Atención a la
Ciudadanía de la Diputación de Badajoz, dando un plazo máximo de cinco días hábiles para que las personas
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