Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de San Serván. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01164/2025)
Bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de oposición, de una plaza de Auxiliar de Obras y Vías Públicas
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Ayuntamiento de Arroyo de San Serván

Anuncio 1164/2025

política, el personal funcionario interino y el personal eventual no podrá formar parte de los órganos de
selección, y la pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse
ésta en representación o por cuenta de nadie.
Los miembros en que concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento,
comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusados por los aspirantes admitidos.
No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros titulares o, en su caso,
suplentes. En ausencia del Presidente/a, le sustituirá el Vocal presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad,
por ese orden. Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole, así lo aconsejase,
el Tribunal, por medio de su Presidente/a, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal,
de otro personal del Ayuntamiento o de otras administraciones públicas, que colaborará exclusivamente en el
ejercicio de sus especialidades técnicas, en el desarrollo del proceso de selección y bajo la dirección del citado
Tribunal. Puede asistir como observador/a un representante por cada organización sindical con
representación en la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos del Ayuntamiento de Arroyo de
San Serván.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias el Tribunal Calificador tendrá su sede en la dirección del
Ayuntamiento de Arroyo de San Serván.
El Tribunal podrá requerir a los/as aspirantes, en cualquier momento del proceso, la documentación
acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de constatarse que alguno de los/as
aspirantes no reúne uno o varios de los requisitos, el Tribunal, previa audiencia al interesado/a, deberá emitir
propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación
definitiva de aspirantes admitidos/as, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por
el/la aspirante en su solicitud de participación a los efectos pertinentes. Contra la resolución de dicho órgano
podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
Asimismo, si el Tribunal, durante el desarrollo del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas
de que alguno de los/as aspirantes carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y
funciones habituales de la categoría objeto de la convocatoria, recabará informe preceptivo de los órganos
técnicos competentes, el cual será emitido en el plazo máximo de quince días y tendrá carácter de
determinante para resolver. De esta actuación se dará conocimiento al interesado/a, al objeto de que pueda
formular las alegaciones que estime oportunas.
Si del contenido del dictamen se desprende que el/la aspirante carece de capacidad funcional, el Tribunal,
previa audiencia del interesado/a, emitirá propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo dirigida al
órgano competente.
Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano competente el/la aspirante podrá seguir participando
condicionadamente en el proceso selectivo.
Sexta: Proceso de selección.
El sistema selectivo será el de oposición. Las pruebas para el acceso a esta categoría estarán integradas por un solo ejercicio
que consistirá en un cuestionario tipo test teórico-práctico que versará sobre el contenido del programa que figura como
anexo a estas bases.
El cuestionario tipo test teórico-práctico estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de
ellas la correcta, distribuyéndose las preguntas de la siguiente forma:
La parte teórica constará de 50 preguntas, correspondientes al temario del programa que figura como anexo a estas bases.
El tiempo para su realización será de 70 minutos.
La parte práctica constará de 4 preguntas, correspondiente al temario del grupo II del programa que figura como anexo a
estas bases. El tiempo para su realización será de 20 minutos.
Se procederá en primer lugar a la realización de la parte teórica y una vez finalizado el tiempo para la realización de ésta se
recogerá toda la documentación, tras lo cual se procederá a la entrega de la parte práctica para su realización.
El ejercicio será calificado de cero a diez puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco
puntos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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