Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01156/2025)
Bases y convocatoria para la constitución de una lista de espera para el nombramiento, como personal funcionario interino o para la contratación, como personal laboral, con duración determinada de Técnico/a Auxiliar de Informática
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 1156/2025

En la realización de los ejercicios escritos deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.
La normativa aplicable a los ejercicios de la oposición será la vigente en el momento de publicar la resolución en la que se
determine el lugar, fecha y hora del comienzo de la primera prueba.
Octava. Calificación de las pruebas de la fase de oposición.
1.º.- Todas las pruebas serán obligatorias para la totalidad de aspirantes y tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario
para realizar una prueba haber superado la anterior.
2.º.- Valoración y calificación de la primera prueba. En el ejercicio tipo test, se valorarán las primeras cincuenta preguntas,
quedando en reserva las comprendidas entre la cincuenta y una y la cincuenta y cinco, por si el Tribunal anulara alguna
pregunta, por entenderla mal formulada o no ajustada al temario. Se calificará a razón de 0,2 puntos por cada pregunta
respondida totalmente correcta, restándose 0,05 puntos por cada pregunta mal respondida, no puntuándose las preguntas
no contestadas. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.
Finalizado y corregido el ejercicio, el Tribunal hará pública la plantilla de preguntas y respuestas del test. Las personas que lo
han realizado, si lo estiman, podrán impugnar preguntas o reclamar contra las respuestas dadas por correctas, mediante
escrito dirigido al Tribunal Calificador en un plazo de dos días hábiles a partir del anuncio de publicación de resultados.
3.º.- Valoración y calificación de la segunda prueba. Se pretende que se pongan de manifiesto la compresión del supuesto,
aplicación de conocimientos teóricos, desarrollo técnico y ejecución, documentación de la solución, seguridad y buenas
prácticas, y pruebas y verificación.
Se valorará conforme a la puntuación máxima a otorgar, a criterio del Tribunal, a cada uno de los ítems o criterios
siguientes:
a) Comprensión del problema (análisis y planteamiento). Se valorará la correcta interpretación del supuesto
práctico, la identificación de requerimientos y la planificación de la solución, con un máximo de 1,5 puntos.
b) Aplicación de conocimientos teóricos. Se valorará el uso adecuado de los conocimientos adquiridos en
relación al temario exigido en la convocatoria, con un máximo de 1,5 puntos.
c) Desarrollo técnico y ejecución. Se valorará la correcta implementación técnica de la solución, incluyendo la
configuración de sistemas, comandos, parámetros adecuados y seguridad, con un máximo de 3,5 puntos.
d) Documentación de la solución. Se valorará la claridad y calidad de la documentación elaborada (pasos
seguidos, explicaciones, comandos utilizados, errores y soluciones), con un máximo de 1,5 puntos.
e) Seguridad y buenas prácticas. Se valorará la aplicación de medidas de seguridad, mejores prácticas de
configuración y cumplimiento de estándares, con un máximo de 1 punto.
f) Pruebas y verificación. Se valorará la realización de pruebas para verificar el correcto funcionamiento de la
solución y su justificación, con un máximo de 1 punto.
La calificación total de la prueba será de 0 a 10 puntos, conforme a las valoraciones descritas anteriormente, siendo
necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlas.
La determinación de la calificación se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del
Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes a aquel, siendo el cociente la calificación definitiva, eliminándose,
en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre estas exista una diferencia igual o superior al 20% de las
puntuaciones de cada ítems o apartado, de los descritos a anteriormente, o de la puntuación total de cada prueba.
Una vez finalizada la corrección del ejercicio, se publicará por el Tribunal de Selección las personas que lo han superado,
disponiendo las personas interesadas de un plazo de dos días hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho Tribunal.
4.º.- Calificación definitiva. La calificación definitiva de la fase de oposición será la suma de las puntuaciones alcanzadas por
los aspirantes, declarados aptos, en cada uno de os ejercicios. Para entrar en bolsa será necesario haber superado al menos
el primer ejercicio.
Conforme al Reglamento regulador de las listas de espera, la calificación definitiva se determinará de la siguiente manera:
1.º. Mayor número de ejercicios aprobados.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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